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Documento BOE-A-1998-20190

Resolución de 22 de junio de 1998, de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, por la que se incoa el procedimiento para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento denominado «Las Pilas-Mojácar la Vieja» (Almería).

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1998, páginas 28414 a 28416 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-20190

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del

Patrimonio Histórico,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de zona

arqueológica como bien de interés cultural, a favor del yacimiento denominado

"Las Pilas", Mojácar (Almería), cuya descripción y delimitación literal y

gráfica figuran en el anexo a la presente disposición.

Segundo.-Continuar con la tramitación del expediente, de acuerdo con

las disposiciones en vigor, en particular la tramitación se llevará a cabo

por la Delegación Provincial de Almería, conforme a lo dispuesto en el

apartado primero.2 de la Resolución de 4 de mayo de 1998, de la Dirección

General de Bienes Culturales, por la que se delega el ejercicio de

determinadas competencias en materia de patrimonio histórico en las

Delegaciones Provinciales de la Consejería ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" número 61, de 2 de junio).

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Mojácar que, según lo

dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse

a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de

parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como de los

efectos de las ya otorgadas. Las obras que, por razón de fuerza mayor,

hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable deberán

contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía" y en el "Boletín Oficial del Estado".

Sevilla, 22 de junio de 1998.-El Director general, Marcelino Sánchez

Ruiz.

ANEXO

Descripción

El yacimiento arqueológico de "Las Pilas-Mojácar la Vieja" es un

asentamiento calcolítico situado en las estribaciones de sierra Cabrera. Está

limitado al sur-sureste por el barranco de Las Pilas y al norte-noroeste

por un pequeño barranco que lo separa de Mojácar la Vieja, avanzando

en forma de espolón hacia el río Aguas, situado al norte-noreste.

La superficie total es de 424.000 metros cuadrados.

La mayor parte del yacimiento está ocupada por frutales y pequeñas

huertas. Las roturaciones para cultivos y los desmontes de tierra han

alterado la fisonomía del lugar, ofreciéndonos una impresión de

accesibilidad que debe distar bastante de la imagen originaria.

Pese a lo reducido del área excavada, si lo relacionamos con la extensión

total del asentamiento, contamos con una serie de datos que nos permiten

conocer algo de las estructuras domésticas y defensivas de este poblado.

Las cabañas excavadas corresponden a las fases más tardías. De forma

circular y con un diámetro de unos 5 metros, presentan un zócalo de

piedra de desigual tamaño con una altura máxima conservada de 0,4

metros, aproximadamente. Las caras son muy irregulares, pudiendo estar

revocadas al interior para homogeneizar la superficie.

Entre las cabañas, la excavada en el corte 5 presentaba un hogar circular

central de 1 metro de diámetro y otro hogar más reducido (0,6 metros

de diámetro) en un área muy próxima. Una estructura de grandes piedras

dispuestas verticalmente, junto al zócalo de la cabaña, que servían de

contenedor completaban la infraestructura doméstica.

En otra de las cabañas, en la ampliación del corte 5, hay que destacar

la aparición de una estructura formada por piedras, similar a la descrita

anteriormente, pero que contenía únicamente tierra muy homogénea y

de granulometría muy fina. Junto a esta estructura apareció un vaso

cerámico de grandes dimensiones y un número muy elevado de pesas de telar

en distinto grado de elaboración. Probablemente la tierra contenida en

la estructura de piedras se utilizaría para la fabricación de estas pesas.

A fases anteriores, probablemente Cobre medio, corresponde una

estructura de fortificación que únicamente ha podido ser definida en parte

por las propias limitaciones de la intervención Arqueológica.l Se trata

de un muro construido con grandes piedras que presenta la cara exterior

en forma de talud, siendo la interior vertical. El tramo documentado ofrece

una trayectoria curvilínea a lo largo de unos 6 metros, con una altura

máxima conservada de 1 metro.

A lo largo de toda la secuencia han aparecido abundantes restos

cerámicos, así como útiles realizados en piedra (tallada y pulimentada) y hueso

que siguen los patrones característicos del mundo calcolítico.

Por lo que respecta a Mojácar la Vieja, los datos que se tienen

corresponden únicamente a una protección superficial del asentamiento, ya que

no se ha realizado ninguna excavación arqueológica.

En época musulmanas igualmente se ocupa este cerro. Así, en la cima

se construye un aljibe de grandes dimensiones, quedando la ladera sur,

la de la solana, cubierta en gran parte por casas escalonadas para salvar

la fuerte pendiente.

Pese a que la información que facilitan las fuentes escritas sobre la

Mojácar musulmana es más bien escasa, un estudio de este asentamiento

puede ofrecernos interesantes datos urbanísticos, arquitectónicos, etc, para

las primeras comunidades islámicas al tratarse de un asentamiento

abandonado por un tralado de población y que, por tanto, no ha sufrido

posteriores alteraciones.

Delimitación del bien

La zona arqueológica de "Las Pilas-Mojácar la Vieja" queda delimitada

por los lados de una figura poligonal, cuyos vértices tienen las siguientes

coordenadas U. T. M:

XY

A ........ 610.610 4.112.190

B ........ 602.020 4.112.110

C ........ 602.140 4.112.100

D ........ 602.300 4.112.120

E ........ 602.310 4.112.010

F ......... 602.220 4.111.910

G ........ 602.230 4.111.870

H ........ 602.260 4.111.840

I ......... 602.250 4.111.820

J ......... 602.160 4.111.780

K ........ 602.100 4.111.730

L ......... 601.940 4.111.720

LL ....... 601.870 4.111.710

M ........ 601.620 4.111.720

N ........ 601.570 4.111.730

XY

Ñ ........ 601.560 4.111.670

O ........ 601.510 4.111.620

P ........ 601.500 4.111.590

Q ........ 601.350 4.111.380

R ........ 601.280 4.111.460

S ......... 601.190 4.111.760

T ......... 601.270 4.111.760

U ........ 601.470 4.111.930

V ........ 601.490 4.111.990

W ........ 601.490 4.112.080

X ........ 601.520 4.112.130

Y ......... 601.610 4.112.120

Z ......... 601.660 4.112.170

La longitud de los segmentos que unen los vértices del área poligonal

delimitada es la siguiente:

A-B: 190 metros.

B-C: 120 metros.

C-D: 160 metros.

D-E: 110 metros.

E-F: 140 metros.

F-G: 40 metros.

G-H: 50 metros.

H-I: 30 metros.

I-J: 100 metros.

J-K: 70 metros.

K-L: 170 metros.

L-LL: 60 metros.

LL-M: 250 metros.

M-N: 50 metros.

N-Ñ: 70 metros.

Ñ-O: 50 metros.

O-P: 40 metros.

P-Q: 260 metros.

Q-R: 110 metros.

R-S: 320 metros.

S-T: 70 metros.

T-U: 270 metros.

U-V: 60 metros.

V-W: 100 metros.

W-X: 60 metros.

X-Y: 90 metros.

Y-Z: 70 metros.

Z-A: 180 metros.

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