En fecha 21 de enero de 1998, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, dictó sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1/794/1994, interpuesto por la Confederación de la Unión Sindical Obrera (USO), contra el Real Decreto número 1594/1994, de 15 de julio, por el que se regula la profesión de Odontólogo, Protésico e Higienista Dental.
La parte dispositiva de dicha sentencia es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 794/94, interpuesto por la procuradora doña Estrella Zambrana Quesada, en nombre y representación de Unión Sindical Obrera (USO), contra el Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio, todo ello sin expresa condena en costas.»
El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo previsto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 10 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Subsecretario de Sanidad y Consumo.
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