En el recurso contencioso-administrativo número 168/1995, referente al expediente de marca número 1.601.827/3, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Danone, Sociedad Anónima», actuando como codemandado don José Oriol Polo Ribas, contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 30 de septiembre de 1994, se ha dictado, con fecha 3 de diciembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad mercantil “Danone, Sociedad Anónima”, contra la resolución de fecha 30 de septiembre de 1994 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, rechazando los pedimentos de la demanda. Sin costas.»
En virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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