La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, con fecha 5 de
septiembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 90/1996,
en el que son partes, de una, como demandante, don Sebastián Sánchez
Martínez, y de otra, como demandada, la Administración General del
Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra Acuerdo del organismo autónomo
de Correos y Telégrafos por el que se deniega la integración en el grupo A.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Que estimando el recurso formulado por don Sebastián
Sánchez Martínez, contra la resolución que se dice en el antecedente primero
de esta sentencia, debemos anular y anulamos dicha resolución,
reconociendo el derecho del actor a quedar adscrito al grupo A de clasificación;
todo ello sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las
partes."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, en lo que
afecta al ámbito de competencias del Departamento, de conformidad con
lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos
concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado",
para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de
la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 24 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997,
"Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás
González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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