En el recurso contencioso-administrativo número 358/1997, interpuesto por el representante de «Qualitas Asesoría Profesional, Sociedad Anónima», contra Resolución de este Ministerio de 23 de enero de 1997, sobre revocación parcial de subvención, se ha dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 20 de febrero de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos:
Desestimar recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Letrado don Miguel Carlos Rojas Sánchez, en nombre de «Qualitas Asesoría Profesional, Sociedad Anónima», contra Resolución del Ministerio de Industria y Energía de 23 de enero de 1997, por ser la misma ajustada a Derecho.
No haber lugar a la imposición de una especial condena en costas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de junio de 1998.‒P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, José Manuel Serra Peris.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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