En cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo anteriormente citado interpuesto por los herederos de don Ángel Real Díaz y otros, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 26 de diciembre de 1997, denegatorio de indemnización por los posibles daños y perjuicios derivados de su repatriación a España desde los territorios de Guinea Ecuatorial.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a todas aquellas personal físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 8 de junio de 1998.–El Subsecretario, Juan Junquera González.
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