Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-15572

Resolución de 25 de junio de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convoca subasta de Obligaciones del Estado en ecus-euros a diez años y se modifica la de 1 de junio, por la que se convoca subasta de Obligaciones del Estado en ecus-euros a diez años.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1998, páginas 21856 a 21856 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-15572

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de esta Dirección General, de fecha 1 de junio de 1998,

dispuso la creación de Obligaciones del Estado en ecus-euros y estableció

su procedimiento de emisión mediante subasta, estableciéndose en la

misma que éstas tendrían periodicidad mensual. La primera subasta,

convocada mediante Resolución de 1 de junio, se celebró el pasado 16 de

junio. Procede ahora convocar la subasta correspondiente al mes de julio.

Por otra parte, en la misma resolución de esta Dirección General de

fecha 1 de junio de 1998 por la que se convocó la primera subasta de

Obligaciones del Estado en ecus-euros a diez años se indicaba, en su

apartado 2.1, que el período de devengo del primer cupón se iniciaría el día

31 de julio de 1999, cuando debería haberse señalado como fecha de inicio

del devengo el día 30 de julio de 1999.

En virtud de lo anterior he resuelto:

Primero.-Disponer la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros

a diez años y convocar la correspondiente subasta, que habrá de celebrarse

el día 21 de julio de 1998, con arreglo al procedimiento establecido en

la Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera

de 1 de junio de 1998 y en la presente Resolución.

Las características de los valores que se emiten son:

1. Las obligaciones tendrán como fecha de emisión el día 28 de julio

de 1998, se amortizarán por su valor nominal el día 30 de julio de 2009

y el tipo de interés nominal será del 5,15 por 100 anual. Los cupnes se

pagarán por anualidades vencidas, con vencimiento el día 30 de julio de

cada año. El primer cupón de intereses comenzará a devengarse el

día 30 de julio de 1999 y será pagadero el día 30 de julio de 2000.

2. Las Obligaciones del Estado en ecus-euros tendrán la calificación

de segregables. En consecuencia, el tratamiento fiscal de las Oligaciones

del Estado en ecus-euros será el establecido con carácter general para

la deuda segregable. No obstante, las operaciones de segregación y

reconstitución sólo se podrán realizar a partir del momento en que la Dirección

General del Tesoro y Política Financiera lo autorice mediante la

correspondiente Resolución.

3. Las Obligaciones del Estado en ecus-euros se consolidarán con las

Obligaciones del Estado emitidas en pesetas con idéntica fecha de

vencimiento y el mismo tipo de interés nominal, cuyo primer tramo se pondrá

en circulación tras la subasta ordinaria del día 7 de julio de 1998. La

consolidación tendrá lugar durante el mes de febrero de 1999, una vez

que la Central de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de

cuenta. A partir de ese momento, las Obligaciones del Estado en ecus-euros

se identificarán por el mismo código valor asignado originariamente por

la Central de Anotaciones a las Obligaciones del Estado en pesetas con

las que aquéllas se consolidarán. La fecha exacta en que se producirá

la consolidación se anunciará mediante Resolución de la Dirección General

del Tesoro y Política Financiera.

Segundo.-Dar nueva redacción al apartado 2.1 de la Resolución de

esta Dirección General de fecha 1 de junio de 1998 por la que se convocó

la primera subasta de Obligaciones del Estado en ecus-euros a diez años,

que quedará como sigue:

"2.1 Las obligaciones tendrán como fecha de emisión el

día 23 de junio de 1998, se amortizarán por su valor nominal el

día 30 de julio de 2009 y el tipo de interés nominal será del 5,15

por 100 anual. Los cupones se pagarán por anualidades vencidas

con vencimiento el día 30 de julio de cada año. El primer cupón

de intereses comenzará a devengarse el día 30 de julio de 1999

y será pagadero el día 30 de julio de 2000."

Madrid, 25 de junio de 1998.-El Director general, Jaime Caruana

Lacorte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid