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Documento BOE-A-1998-14904

Orden de 18 de mayo de 1998 por la que se ordena la publicación del Convenio entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, sobre la encomienda de gestión de las pruebas selectivas para abordar la consolidación del empleo temporal en el ámbito de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Rehabilitación del citado Departamento de Justicia que afecta al Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias, adscrito al Ministerio del Interior.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 1998, páginas 20598 a 20599 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-14904

TEXTO ORIGINAL

El artículo 15.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé la encomienda de gestión a otros órganos de la misma o distinta Administración por razones de eficacia.

La Administración General del Estado y las organizaciones sindicales representadas en la Mesa General de Negociación adoptaron el 22 de julio de 1997 un acuerdo para abordar la consolidación del empleo temporal en determinados ámbitos de la citada Administración General del Estado, encontrándose dentro de este proceso los Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias.

El Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias está adscrito al Ministerio del Interior, el cual, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de Redistribución de Competencias en Materia de Personal Ostenta la potestad de convocar las pruebas selectivas para ingreso en el mismo.

Las competencias en materia penitenciaria han sido transferidas a la Comunidad Autónoma de Cataluña conforme a lo dispuesto en los Reales Decretos 3482/1983, de Traspaso de Funciones y Servicios del Estado en Materia de Administración Penitenciaria y 131/1986, de 10 de enero, de ampliación de Medios Adscritos a los Servicios del Estado Traspasados en Materia de Administración Penitenciaria.

En el caso de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, razones de eficacia aconsejan que, sin cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, la gestión material de las referidas pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña sea desarrollada por el Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña a través de la encomienda de gestión que se previene en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para general conocimiento se dispone la publicación del Convenio por el que se regula la citada encomienda de gestión, como anexo a la presente Orden.

Madrid, 18 de mayo de 1998.

MAYOR OREJA

ANEXO

Convenio por el que se encomienda a la Generalidad de Cataluña la gestión del proceso selectivo necesario para abordar la consolidación del empleo temporal en el ámbito de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Rehabilitación del Departamento de Justicia de la Generalidad, que afecta al Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias, adscrito al Ministerio del Interior

En Madrid a 18 de mayo de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Jaime Mayor Oreja, Ministro del Interior, en el ejercicio de las funciones que le son propias.

De otra, la excelentísima señora doña Nuria de Gisper y Catalá, Consejera del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña.

Se reconocen recíprocamente la competencia para otorgar el presente Convenio, a cuyo fin acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio del Interior encomienda a la Generalidad de Cataluña, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior. Las referidas pruebas derivan del proceso de consolidación del empleo temporal en el ámbito penitenciario.

Segunda.-La gestión material que se encomienda en relación al Cuerpo citado en el apartado precedente, se concretará en las actividades que se indican a continuación con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas de acceso.

b) Propuesta de la resolución por la que se declara aprobada la lista de admitidos y excluidos y determinación del lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con expresión de las causas motivantes de la exclusión, y la relación de aspirantes que están exentos de realizar la prueba de conocimiento de las lenguas oficiales de Cataluña, cuando proceda.

c) Propuesta de los miembros que han de formar el Tribunal calificador de las referidas pruebas.

d) Gestión y tramitación de las operaciones necesarias para el desarrollo material de los ejercicios que compongan el proceso selectivo.

e) Valoración en la fase del concurso de los méritos que acrediten los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

f) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria en los términos previstos en el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

g) Cualquier otra gestión referida al procedimiento de selección siempre y cuando no conlleve alteración de la titularidad de la competencia o de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.-La convocatoria, las bases de la misma y las resoluciones que se mencionan en estas bases, se publicarán en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".

Cuarta.-El coste de las actividades a desarrollar por el Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña deberá imputarse al presupuesto del mismo.

Quinta.-La presente encomienda de gestión entrará en vigor a partir de la firma del presente Convenio.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de un año contado desde la fecha de publicación del presente instrumento en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexta.-La presente encomienda de gestión no implica cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidos al Ministerio del Interior encomendante.

Séptima.-Los posibles incrementos de retribuciones del personal que se vea afectado por el resultado del proceso de selección, así como de la prevista integración en el Cuerpo de Maestros serán asumidos en su totalidad por la Generalidad de Cataluña.

Octava.-Es responsabilidad del Ministerio del Interior dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, se firma el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio mencionados.

Madrid, 18 de mayo de 1998.-Por el Gobierno de la Nación, el Ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja.-Por la Generalidad de Cataluña, la Consejera del Departamento de Justicia, Nuria de Gispert i Catalá.

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