Edukia ez dago euskaraz
Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 31 de diciembre de 1996, sentencia firme en el recurso de apelación número 10.287/1990, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-admi nistrativo número 46.984, promovido por don Francisco Gaitán Góngora, en nombre y representación de «Pesca Gayfe, Sociedad Anónima», sobre concesión de autorizaciones de pesca de coral, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación legal de don Francisco Gaitán Góngora y de la entidad mercantil "Pesca Gayfe, Sociedad Anónima", contra la sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 1 de octubre de 1990, dictada en el recurso número 46.984/1987, la cual confirmamos sin hacer expresa declaración sobre costas procesales.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 7 de abril de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario general de Pesca Marítima.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril