Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 16 de enero de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 4.508/1995, promovido por «Piensos del Sil, Sociedad Anónima», sobre infracción administrativa en materia de productos de alimentación animal; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la sociedad "Piensos del Sil, Sociedad Anónima", contra la desestimación presunta del recurso de alzada deducido ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, contra Resolución de la Subdirección General de Calidad Agroalimentaria, de fecha 25 de noviembre de 1992, por la que se impone a la sociedad recurrente una sanción de multa de 450.002 pesetas, por infracción del artículo 4.3.2 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, regulador de las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria; sin hacer especial condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 11 de marzo de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e ilustrísima señora Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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