Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 14 de octubre de 1996, por la Audiencia Nacional (Sección Bis), en el recurso contencioso-administrativo número 9/350/1996, promovido por don Amador Campo Alonso, contra resolución expresa de este Ministerio, por la que se confirma, en reposición, la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Amador Campo Alonso, representado por el Procurador de los Tribunales don Justo Alberto Requejo Calvo, contra las resoluciones administrativas a que estas actuaciones se contraen, declarando que las mismas son contrarias a Derecho, con los efectos económicos inherentes a tal declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 11 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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