Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 29 de julio de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Primera), en el recurso contencioso-administrativo número 1.873/1993, promovido por doña Julia Ambrosio Flores, contra resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición formulado por la recurrente sobre la distribución de funciones efectuada por los servicios de Sanidad Exterior de la Unidad Administrativa del Departamento con Barcelona y sobre petición de indemnización por gastos de manutención y desplazamiento, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Primera), ha decidido:
Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo número 1.873/1993, formulado por doña Julia Ambrosio Flores, contra los actos referidos en el primer fundamento de la presente a que esta litis se contrae, declarando el derecho de la recurrente a la percepción de la indemnización por la denominada media dieta y gastos de locomoción, en los términos apuntados en el fundamento jurídico tercero de la presente Resolución, con desestimación de los restantes pedimentos, sin que se aprecien méritos para una especial condena en costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 11 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general técnico.
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