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Documento BOE-A-1997-4924

Resolución de 18 de febrero de 1997, del Banco de España, por la que se procede a publicar el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 28 de enero de 1997, resolviendo el expediente IE/CM-11/96, por el que se aprueba la baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera de la sucursal de Santa Cruz de Tenerife, del establecimiento registrado con el número 299/61, y cuyo titular es «Tropical Palm Service, Sociedad Limitada».

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 1997, páginas 7446 a 7446 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-1997-4924

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Ejecutiva del Banco de España, con fecha 28 de enero de 1997, ha adoptado acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/CM-11/96, por el que se aprueba la baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera, al establecimiento registrado en la sucursal de Santa Cruz de Tenerife con el número 299/61, a nombre de «Tropical Palm Service, Sociedad Limitada». Se procede a dar publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo de la Comisión Ejecutiva:

La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en sesión de 22 de octubre de 1996, en virtud de la propuesta de apertura de expediente y documentación unida elevada por los servicios jurídicos que acreditaba el incumplimiento de lo dispuesto en la norma tercera de la Circular número 8/1992, de 24 de abril, relativa a la no remisión de los justificantes de pago del IAE, acordó la incoación de expediente administrativo de baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera, al establecimiento registrado en la sucursal de Santa Cruz de Tenerife, con el número 299/61, a nombre de «Tropical Palm Service, Sociedad Limitada».

Cumplimentados los trámites procedimentales con traslado al expedientado del acuerdo de incoación e incumplimiento de la Circular número 8/1992 imputado, concediéndole el plazo de alegaciones señalado en el artículo 88 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y resultando acreditado el incumplimiento descrito contraviniendo lo establecido en la norma tercera de la referida Circular, procede, conforme a la propuesta elevada por el instructor, aplicar lo dispuesto en la norma novena, a cuyo tenor, en caso de incumplimiento de las normas de la presente Circular, el Banco de España, previa incoación de oportuno expediente, dará de baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera al titular infractor.

En consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Banco de España acuerda dar de baja en el Registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera, al establecimiento registrado en la sucursal de Santa Cruz de Tenerife, con el número 299/61, a nombre de «Tropical Palm Service, Sociedad Limitada».

Contra este Acuerdo podrá interponerse recurso ordinario ante el Ministerio de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de febrero de 1997.-El Secretario general, Joaquín Fanjul de Alcocer.

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