En el recurso contencioso-administrativo número 1.500/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Aplicacions i Sistemes Automátics, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de mayo de 1993 y 23 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 16 de septiembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo promovido a nombre de la entidad plicacions i Sistemes Automátics, Sociedad Anónima'', contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de mayo de 1993 y 23 de mayo de 1994, éste de repulsa de la reposición formulada contra el primero, denegatorias de la concesión de la marca itor'' número 1.579.012, clase novena, relativa a aparatos periféricos de ordenadores, sofware de ordenadores, aparatos de comunicación de datos; cuyos acuerdos anulamos por no ser conformes a Derecho y ordenamos la concesión a inscripción de dicha marca; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1997.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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