En el recurso contencioso-administrativo número 3259/1989 (antiguo 2930/1988), interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Status, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial, de 18 de abril de 1987 y 14 de noviembre de 1988, se ha dictado, con fecha 20 de junio de 1991 por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Ortiz de Solórzano y Arbex, en nombre y representación de "Status, Sociedad Anónima", debemos declarar y declaramos que es conforme a Derecho la resolución del Registro de la Propiedad Industrial, que denegó la inscripción como marca de la solicitante Status, gráfica con galgo, para la clase 25; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1997.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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