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Documento BOE-A-1997-4362

Orden de 7 de febrero de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el recurso contencioso-administrativo, número 1.111/1990, interpuesto por don Cristóbal Díaz Casas.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 1997, páginas 6898 a 6898 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1997-4362

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia dictada con fecha 14 de febrero de 1992 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el recurso contencioso-administrativo, número 1.111/1990, promovido por don Cristóbal Díaz Casas, contra Resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición formulado sobre la adjudicación de la plaza de Pintor a don Francisco José Almiñana Terol, en las pruebas selectivas convocadas el 9 de noviembre de 1989, para la cobertura de vacantes de personal no sanitario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social en Guadalajara, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por don Cristóbal Díaz Casas, contra la desestimación por silencio administrativo por parte de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Salud de Guadalajara, de la Resolución de 29 de mayo de 1990, debemos declarar y declaramos tales actos ajustados a Derecho: todo ello sin costas.»

Asimismo, se certifica que contra la referida sentencia se interpuso por la parte actora recurso de apelación, el cual fue resuelto por la Sala Tercera, Sección Séptima, del Tribunal Supremo, por sentencia de 1 de junio de 1996, cuya parte dispositiva literalmente establece:

«Fallamos: Primero.-Estimamos el recurso de apelación interpuesto por don Cristóbal Díaz Casas, contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CastillaLa Mancha, de 14 de febrero de 1992, dictada en el recurso 1.111/1990, que revocamos.

Segundo.-Estimamos el recurso contencioso-administrativo formulado por el mismo contra la Resolución de la Dirección Provincial de Guadalajara del Instituto Nacional de la Salud, de 29 de mayo de 1990, por la que se nombraba para una plaza de Pintor a don Francisco Almiñana Querol, cuya nulidad declaramos.

Tercero.-Declaramos el derecho de don Cristóbal Díaz Casas a ser considerado el primero clasificado en las pruebas y a que se le adjudique la mencionada plaza de Pintor.

Cuarto.-Declaramos su derecho a ser indemnizado en la cuantía que resulte de las bases que hemos fijado en el fundamento jurídico segundo.

Quinto.-No hacemos declaración especial sobre costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 7 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.

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