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Documento BOE-A-1997-3475

Orden de 23 de diciembre de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo 5/1690/1992, promovido por la Federación de Administración Pública de Comisiones Obreras.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1997, páginas 5299 a 5300 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-3475

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 13 de junio de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1690/1992 en el que son partes, de una, como demandante, la Federación de Administración Pública de Comisiones Obras, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 25 de junio de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra sendas resoluciones de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fechas 6 y 28 de abril, sobre vacantes ofrecidas a funcionarios de nuevo ingreso de los Cuerpos General Auxiliar de la Administración del Estado y de la Seguridad Social y General Administrativo de la Administración del Estado y Administrativo de la Seguridad Social.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Federación de Administración Pública de Comisiones Obreras, contra la resolución de 25 de junio de 1992 del Subsecretario, por delegación del Secretario de Estado para la Administración Pública, y resoluciones de 6 y 28 de abril, actos que anulamos por ser contrarios al ordenamiento jurídico en cuanto a la adjudicación de los destinos expresados en dicha resolución, condenando a la Administración a estar y pasar por esta declaración, con todos los efectos inherentes a la misma, concretamente a la convocatoria del oportuno concurso para cubrir las plazas no ofertadas a los funcionarios ya ingresados con carácter previo a la adjudicación a los funcionarios de nuevo ingreso.

Sin expresa imposición de costas.»

Por auto, de la Sala de la Jurisdicción del Tribunal Supremo, de fecha 18 de julio de 1996, fue declarado inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la anterior sentencia.

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 23 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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