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Documento BOE-A-1997-27934

Resolución de 19 de diciembre de 1997, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso-oposición para cubrir 98 plazas de personal laboral de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1997, páginas 38190 a 38191 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-27934

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 414/1997, de 21 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1997,

Esta Subsecretaría, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Instituciones Penitenciarias («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1993), ha resuelto:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para proveer, por el procedimiento de concurso-oposición, 98 plazas de personal laboral de los Centros Penitenciarios dependientes de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (de las cuales se reserva un 40 por 100 para su cobertura por el personal laboral fijo), en las actividades y categorías profesionales que figuran relacionadas en el anexo I.

Segundo.-Las bases de la convocatoria se encuentran expuestas en la sede de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en los establecimientos penitenciarios dependientes de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en las Delegaciones de Gobierno de las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones de Gobierno en las provincias, en la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas.

Tercero.-Quienes deseen tomar parte en las pruebas deberán hacerlo constar en la instancia -según modelo que figura como anexo XIII de las bases de la convocatoria-, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 6 de junio de 1996), el Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo. ANEXO I

Dirección General de Instituciones Penitenciarias

Categoría profesional / Vacantes / Establecimientos penitenciarios

Oficial 2.a elec tricista. / 7 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Oficial 2.a fontanero. / 5 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Oficial 2.a coci- nero. / 16 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Auxiliar de Enfermería. / 10 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Demandadero. / 7 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Total / 45

Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias

Categoría profesional / Vacantes / Establecimientos penitenciarios

Trabajador social/Asistente social. / 26 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Maestro de Taller Carpin tería Metálica. / 3 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Maestro de Taller Carpintería de Madera. / 5 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Maestro de Taller Artes Gráficas. / 2 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Maestro de Taller Confec ción Industrial. / 4 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Maestro de Taller Cerámica. / 1 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Técnico especialista en Jardín de Infancia. / 12 / Las plazas que resulten de la resolución de los concursos de provisión de vacantes por personal laboral fijo (artículo 10.2 del Convenio Colectivo).

Total / 53

ANEXO II

Titulaciones académicas requeridas

Nivel / Categoría profesional / Título exigido

2 / Trabajador social/Asistente social. / Diplomado adecuado (Diplomado en Trabajo Social) o equivalente.

3 / Técnico especialista en Jardín de Infancia. / Formación Profesional 2.o grado (Rama Hogar, especialidad Jardines de Infancia) o equivalente.

3 / Maestro de Taller Carpintería Metálica. / Formación Profesional 2.o grado (Rama Metal) o equivalente.

3 / Maestro de Taller Carpintería de Madera. / Formación Profesional 2.o grado (Rama Madera) o equivalente.

3 / Maestro de Taller Artes Gráficas. / Formación Profesional 2.o grado (Rama Artes Gráficas) o equivalente.

3 / Maestro de Taller Confección Industrial. / Formación Profesional 2.o grado (Rama Textil) o equivalente.

3 / Maestro de Taller Cerámica. / Formación Profesional 2.o grado (Rama Vidrio y Cerámica) o equivalente.

5 / Auxiliar de Enfermería. / Formación Profesional 1 grado (Rama Sanitaria, Profesiones Clínica o Farmacia) o equivalente.

5 / Oficial 2.a electricista. / Formación Profesional 1 grado (Rama Electricidad y Electrónica) o equivalente.

5 / Oficial 2.a fontanero. / Formación Profesional 1 grado (Rama Construcción y Obras, Profesión Fontanería) o equivalente.

5 / Oficial 2.a cocinero. / Formación Profesional 1 grado (Rama Hostelería y Turismo, Profesión Cocina) o equivalente.

7 / Demandadero. / Certificado de Escolaridad.

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