Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-27293

Resolución de 11 de diciembre de 1997, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convocan pruebas selectivas, en turno libre, para cubrir una plaza de Analista en la plantilla de personal laboral fijo de este Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 1997, páginas 37192 a 37199 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-1997-27293

TEXTO ORIGINAL

Convocada, por el turno de promoción interna, una plaza de Analista en la plantilla de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas, mediante Resolución de esta Presidencia de 31 de julio pasado, y habiendo sido declarada desierta, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de 29 de mayo de 1997, también de esta Presidencia, por la que se hizo público el Acuerdo del Pleno del Tribunal aprobando la oferta de empleo público para el año 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de junio), y previo acuerdo de la Comisión de Gobierno,

Esta Presidencia, de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral del Tribunal de Cuentas, resuelve convocar pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición libre, para cubrir una plaza vacante de Analista en la plantilla de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas, de acuerdo con las siguientes

Normas generales

1. Número de plazas y normativa aplicable

1.1 Se convoca, en turno libre, una plaza de Analista de la plantilla de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral del Tribunal de Cuentas, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Características del puesto convocado

2.1 Tareas específicas.-Según Convenio, el puesto convocado tiene las funciones de estudio de las nuevas aplicaciones informáticas y el desarrollo de las modificaciones y mejora de las existentes, del «software» externo de posible aplicación a los proyectos que se le encomienden, de la elaboración del análisis de las aplicaciones y de la documentación necesaria para la programación, del control y seguimiento de la programación de las aplicaciones a su cargo, del control de calidad de la programación, desempeñando las funciones propias del responsable de un proyecto, cuando así se le encomienden. Deberá colaborar en el diseño de las bases de datos, en la elaboración de los manuales de usuarios y en la formación de éstos, así como cualquier otra función análoga; todo ello, en relación con el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.

2.2 El puesto de trabajo convocado tiene asignadas, con su correspondiente actualización, las retribuciones mensuales establecidas en el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Tribunal de Cuentas, de 28 de septiembre de 1994. A efectos de antigüedad, los trienios aparecen valorados para el grupo correspondiente en la tabla salarial del convenio. En cada uno de los meses de junio y diciembre se percibirá una paga extraordinaria equivalente al importe de un mes de retribución.

3. Procedimiento de selección

La selección de los aspirantes se realizará mediante concurso-oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el artículo 8 del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Tribunal de Cuentas, y constará de dos fases, una de concurso y otra de oposición, que han de valorarse de acuerdo con los criterios específicos que figuran a continuación:

3.1 Fase de concurso.-En esta fase, que no tiene carácter eliminatorio, se valorarán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral del Tribunal de Cuentas, los méritos profesionales, los académicos y las circunstancias personales de los candidatos, con arreglo al siguiente baremo, puntuándose de cero a 10 puntos el conjunto de los méritos y circunstancias alegadas:

3.1.1 Méritos profesionales.-Por desempeño de tareas similares a las relacionadas en el apartado 2.1 de la presente convocatoria, de forma remunerada, con carácter fijo, interino, contratado o eventual, en puestos de trabajo del área informático-contable, hasta un máximo de seis puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Servicios prestados en el Tribunal de Cuentas: Un punto por año, hasta un máximo de seis puntos.

b) Servicios prestados en la Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones locales, entidades gestoras de la Seguridad Social y organismos autónomos: 0,50 puntos por año, con un máximo de tres puntos.

c) Servicios prestados en otras empresas o entidades no incluidas en las letras anteriores: 0,25 puntos por año, con un máximo de un punto.

En el caso de servicios prestados simultáneamente, solo se computarán los de mayor valoración entre los alegados por el aspirante. A efectos del cómputo de los períodos temporales señalados, se tendrán en cuenta los prestados de forma continua o discontinua.

3.1.2 Méritos académicos.-Se valorarán, hasta un máximo de tres puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por estar en posesión del título de Licenciado en Informática: 1,50 puntos.

b) Por estar en posesión de otra titulación superior: Un punto.

c) Por cursos de formación recibidos, que versen sobre materias informáticas o contables y que tengan relación con las funciones asignadas al puesto de trabajo, en función de su contenido y duración, de 0,15 a 0,25 puntos, con un máximo de 0,75 puntos.

3.1.3 Circunstancias personales.-Se valorarán, hasta un máximo de un punto, de acuerdo con el siguiente desglose:

3.1.3.1 Por minusvalía del solicitante, reconocida dicha condición por el INSERSO o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas y acreditada documentalmente, 0,50 puntos.

3.1.3.2 Por cada hijo a cargo del solicitante y que conviva con él, siendo menor de veintitrés años y que no perciba rentas de ningún tipo, 0,25 puntos.

3.1.3.3 Por el padre y/o la madre a cargo del solicitante, que conviva con él y que no perciba rentas de ningún tipo, 0,10 puntos por cada uno de ellos.

Cuando alguno de los familiares reseñados tuvieran la condición de minusválido, la puntuación por persona de los apartados 3.1.3.2 y 3.1.3.3 se incrementará en un 50 por 100.

El límite de edad previsto para los hijos no será tenido en cuenta respecto de aquellos en quienes concurra la condición de minusválido.

La valoración de los méritos sólo se realizará respecto de aquellos candidatos que hayan superado el segundo ejercicio de la fase de oposición.

3.1.4 Dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación de la relación de aprobados del segundo ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal calificador publicará, de forma desglosada, en los tablones de anuncios de las sedes del Tribunal de Cuentas (calles Fuencarral, 81, y Padre Damián, 19, de Madrid) las puntuaciones obtenidas por cada candidato en la fase de concurso, en función de los méritos y circunstancias alegados y documentalmente acreditados de forma suficiente, estableciéndose un plazo de diez días naturales, contados a partir de esta última publicación, durante los cuales los interesados podrán solicitar, por escrito, la subsanación de los errores que hubieran podido producirse.

3.1.5 Calificación de la fase de concurso.-Transcurrido este último plazo, el Tribunal calificador hará pública la puntuación definitiva de la fase de concurso.

3.2 Fase de oposición.-La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:

3.2.1 Primer ejercicio.-Consistirá en la resolución, por escrito, en un plazo máximo de sesenta minutos, de un cuestionario de preguntas propuestas por el Tribunal con respuesta múltiple, y relacionado con las materias que figuran en el programa que se acompaña como anexo I.

Este ejercicio tiene por finalidad medir la amplitud y profundidad de los conocimientos del aspirante, por lo que incluirá tanto preguntas de conocimientos como preguntas conceptuales que exijan la asociación de elementos de conocimiento diferentes.

La puntuación global de este ejercicio será de cero a 10 puntos, siendo necesario, para esta prueba, obtener un mínimo de cinco puntos.

3.2.2 Segundo ejercicio.-Consistirá en una prueba de conocimientos del idioma inglés. El objetivo de esta prueba es determinar la amplitud de los conocimientos del aspirante y su capacidad de comprensión y expresión en lengua inglesa. Se realizará en dos partes:

La primera parte consistirá en una traducción directa, por escrito, en castellano, de un texto técnico en inglés, en un tiempo máximo de una hora. No podrá utilizarse diccionario.

La segunda parte del ejercicio consistirá en la lectura por el aspirante, ante el Tribunal calificador, de la traducción realizada en la parte anterior, seguida de una conversación con éste, en inglés, durante un tiempo máximo de quince minutos.

Los textos en inglés técnico utilizados por el Tribunal calificador se referirán a temas relacionados con la informática. Para la realización de este ejercicio, el Tribunal calificador podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo y que deberán comunicarse a la Presidencia del Tribunal de Cuentas.

La puntuación global de este ejercicio será de cero a 10 puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de cinco puntos.

3.2.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, durante un período máximo de cinco horas, de un supuesto práctico sobre un sistema de información basado en las tecnologías de la información y las comunicaciones y relacionado con las materias que figuran en el anexo I de esta Resolución.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante, en sesión pública ante el Tribunal. Antes de proceder a su lectura, el aspirante dispondrá de diez minutos para revisarlo, pero no podrá efectuar modificaciones o correcciones del texto escrito.

Una vez leído el ejercicio completo ante el Tribunal, éste podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias, durante un período máximo de veinte minutos, para determinar el grado de adecuación de la solución propuesta, y el nivel de conocimientos del aspirante sobre las materias incluidas en el programa que figura en el anexo I. Para su exposición, el aspirante podrá disponer de una pizarra o elemento similar.

La puntuación global de este ejercicio será de cero a 10 puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de cinco puntos.

3.2.4 Calificación de la fase de oposición.-Entre la publicación de las calificaciones de cada ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días naturales.

El Tribunal calificador hará públicas las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado cada uno de los ejercicios de esta fase.

3.3 Calificación del concurso-oposición.-La calificación total del concurso-oposición será la resultante de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, adjudicándose la plaza al aspirante que obtenga la mayor puntuación global.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

4. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido al concurso-oposición que se convoca, será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, salvo la excepción del artículo 7, c), del Estatuto de los Trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Licenciado universitario, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el normal desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, órganos constitucionales, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.

Todos los requisitos citados deberán cumplirse al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, como mínimo, hasta el momento de la firma del contrato.

5. Solicitudes de admisión y acreditación de méritos

5.1 Forma.-Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán presentar, debidamente cumplimentada y firmada, una instancia, ajustada al modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, y que se encuentra a disposición de los interesados en el Registro General del Tribunal de Cuentas.

Los aspirantes, junto con la instancia, deberán aportar la acreditación documental correspondiente a los méritos alegados para la fase de concurso, debiendo incorporar, además, una memoria sucinta que refleje las circunstancias personales susceptibles de valoración según el apartado 3.1.3 de la presente convocatoria.

Los méritos y circunstancias alegados y no justificados documentalmente en el momento de la presentación de la instancia no serán valorados.

A la solicitud se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad y dos fotografías, respaldadas con el nombre y apellidos del aspirante.

5.2 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la solicitud, señalando, asimismo, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que pudieran requerir para la realización de los ejercicios.

Estos aspirantes habrán de presentar, junto con la solicitud, el certificado que acredite su minusvalía.

5.3 Órgano a que se dirigen y plazo de presentación.-Las solicitudes se dirigirán a la excelentísima señora Presidenta del Tribunal de Cuentas, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

5.4 Presentación de documentos.-Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Tribunal de Cuentas (calle de Fuencarral, número 81, 28004 Madrid), directamente o a través de cualquiera de los medios que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas por españoles residentes en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el apartado anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a su solicitud comprobante de haber satisfecho los derechos de examen.

Las solicitudes que se cursen por conducto de oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, en aplicación de lo dispuesto en el precepto anteriormente citado.

5.5 Derechos de examen y forma de efectuar el ingreso.-Los derechos de examen se fijan en 3.000 pesetas, y su pago se efectuará en la Habilitación del Tribunal de Cuentas, bien personalmente o mediante giro postal o telegráfico, haciéndose constar en la solicitud el número del recibo o del giro postal o telegráfico y la fecha de dichos documentos.

6. Admisión de aspirantes

6.1 Lista de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de presentación de instancias, el Secretario general, por delegación de la Presidenta del Tribunal de Cuentas, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2 Publicación y subsanación de errores.-Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», indicando los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. En las listas antedichas constará el nombre y apellidos de los candidatos y el número de su documento nacional de identidad, así como, en su caso, las causas de exclusión, y se dispondrá de un plazo de diez días hábiles para la posible subsanación del defecto o defectos que hubieran motivado la exclusión.

Finalizado el plazo anteriormente señalado, el Secretario general dictará resolución, aprobando y haciendo publica, en las sedes de este Tribunal mencionadas en la base 3.1.4, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los aspirantes excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

6.3 Comienzo de las pruebas y orden de actuación de los aspirantes.-En la resolución antes mencionada se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios de la oposición, que no tendrá lugar antes del día 16 de febrero de 1998.

El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios de la fase de oposición se iniciará por aquel cuyo primer apellido, alfabetizado, figure el primero de la letra P.

6.4 Recursos.-Contra la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer recurso ordinario, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, j), y en la disposición adicional primera, 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

7. Composición y actuación del Tribunal calificador

7.1 Tribunal calificador.-El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidente: Excelentísimo señor don Eliseo Fernández Centeno, Consejero del Departamento 4.o de la Sección de Fiscalización.

Vocales: Ilustrísimo señor don Fernando da Cunha Rivas, funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, Subdirector Jefe del Servicio Central de Informática del Tribunal de Cuentas; don Carlos Peláez-Campomanes Gavilán, funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, destinado en la Intervención General de la Administración del Estado, y don Ángel Ortiz Gregorio, representante del personal laboral, designado a propuesta del Comité de Empresa.

Secretario: Don Carlos Giménez de la Cuadra, funcionario perteneciente a la Escala de Economistas, a extinguir, de la suprimida AISS, Jefe del Servicio de Personal del Tribunal de Cuentas.

Tribunal suplente:

Presidente: Excelentísimo señor don Miguel Carlos Álvarez Bonald, Consejero Presidente de la Sección de Enjuiciamiento.

Vocales: Ilustrísimo señor don Luis Tomás Díaz Contreras, funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas, Asesor jurídico de la Secretaría General del Tribunal de Cuentas; doña Isabel Urzaiz González, laboral, Jefe del Servicio de Biblioteca y Documentación del Tribunal de Cuentas, y doña Monserrat Fernández Rodríguez, representante del personal laboral, designada a propuesta del Comité de Empresa.

Secretario: Don José María Gutiérrez Cuevas, funcionario perteneciente al Cuerpo Técnico de la Administración de la Seguridad Social, Subdirector adjunto de la Secretaría General del Tribunal de Cuentas.

7.2 Constitución y actuación del Tribunal.-Previa convocatoria de su Presidente, el Tribunal deberá constituirse con la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Si alguno de los miembros titulares renunciase por causa justificada, será sustituido por el suplente que le corresponda. En el resto de la oposición, el Tribunal no podrá actuar sin la asistencia de, como mínimo, tres de sus miembros. En los casos de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, los miembros titulares del Tribunal serán sustituidos por sus respectivos suplentes.

El Tribunal calificador celebrará su sesión constitutiva en el plazo máximo de veinte días, contados a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, y acordará en dicha sesión todas las decisiones que le correspondan en orden al concreto desarrollo de las pruebas selectivas.

Por la Secretaría del Tribunal calificador se levantará acta de cada sesión, que será firmada por el Presidente y el Secretario.

El Tribunal podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos en calidad de asesores, que actuarán con voz pero sin voto.

7.3 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando se den las circunstancias establecidas en el artículo 29 de la citada Ley.

El Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los aspirantes. A tal efecto, se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para su realización.

7.4 Medidas a adoptar por el Presidente del Tribunal.-El Presidente del Tribunal calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, que sean escritos, se corrijan sin conocer la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), que se cumplimentarán mediante empleo de pluma o bolígrafo, en colores negro o azul.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer su identidad.

7.5 Sede del Tribunal a efectos de comunicaciones.-A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la calle Fuencarral, número 81, 28004 Madrid, teléfono (91) 447 87 01.

7.6 Categoría del Tribunal.-El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

7.7 Fecha y hora de celebración de los sucesivos ejercicios.-Una vez iniciada la oposición, el Tribunal calificador hará pública la fecha y hora de celebración de los sucesivos ejercicios, en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el cuadro de avisos del propio Tribunal de Cuentas. Dichos anuncios se efectuarán con doce horas, al menos, de antelación, al comienzo de las pruebas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

7.8 Llamamientos.-Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal calificador.

7.9 Identificación de opositores.-En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

7.10 Exclusión de aspirantes durante la selección.-Si, en cualquier momento del procedimiento de selección, llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia del interesado, pasándose, en su caso, el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria si se apreciase falsedad en la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

8. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal

8.1 Terminada la calificación de la fase de oposición, el Tribunal dará a conocer el nombre del aspirante aprobado y su puntuación, la cual estará compuesta por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, no pudiendo aprobar un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

El Tribunal calificador, al tiempo que haga público en los tablones de anuncios del Tribunal el nombre y apellidos del opositor aprobado en el concurso-oposición, con indicación de su número de documento nacional de identidad, elevará propuesta a la Presidencia del Tribunal de Cuentas, a efectos de la formalización del contrato.

9. Presentación de documentos

9.1 Documentos y plazos.-Una vez publicada la relación a que se hace referencia en la base anterior, el aspirante que en ella figure presentará, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios del Tribunal de Cuentas, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título exigido o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos a que se refiere el apartado 4, c), de esta convocatoria.

b) Fotocopia del Libro de Familia, cuando proceda.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que imposibiliten para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo (base 2.1 de la presente convocatoria).

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III de esta convocatoria.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con minusvalía deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición e, igualmente, deberán presentar certificado de los citados órganos acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo.

f) Certificado, expedido por el Ayuntamiento de residencia, en su caso, de los datos del Padrón Municipal que acrediten que los familiares que hubieran podido ser valorados en el concurso conviven con el candidato en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y continúan conviviendo al finalizar el proceso selectivo.

g) Declaración de no incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

9.2 Excepciones.-Si el aspirante tuviera la condición de funcionario público, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependiera para acreditar tal condición.

9.3 Falta de presentación de documentos.-Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor el aspirante no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su solicitud de participación.

10. Formalización de los contratos

Finalizado el plazo de presentación de documentos, la Secretaría General del Tribunal de Cuentas procederá a la formalización del correspondiente contrato laboral.

Hasta que se formalice el contrato y se incorpore al puesto de trabajo correspondiente, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

11. Incorporación y período de prueba

11.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará en la fecha del inicio del contrato de trabajo. A partir de su incorporación, comenzará un período de prueba que tendrá una duración de seis meses, de conformidad con lo establecido en el artícu- lo 9.7 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral del Tribunal de Cuentas.

11.2 Una vez superado el período de prueba, y de acuerdo con el precepto del Convenio Colectivo anteriormente citado, el aspirante adquirirá la condición de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas.

12. Norma final

Contra la presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes, ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, a tenor de lo que dispone el artículo 3, j), y la disposición adicional primera, 4, de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 11 de diciembre de 1997.-La Presidenta, Milagros García Crespo.

ANEXO I

Programa

I. Los sistemas de información y organización

Tema 1. Definición y estructura de los sistemas de información.

Tema 2. La información en las organizaciones. Las organizaciones basadas en la información.

Tema 3. Organización y funcionamiento de un centro de sistemas de información.

Tema 4. La problemática de la dirección de proyectos de sistemas y tecnologías de la información.

Tema 5. La planificación de la capacidad de los sistemas informáticos.

Tema 6. La protección jurídica de los programas de ordenador.

II. Tecnologías básicas

Tema 7. Estructuras analógicas y digitales.

Tema 8. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.

Tema 9. La unidad central de proceso.

Tema 10. El subsistema de entrada y salida.

Tema 11. La periferia de un sistema informático.

Tema 12. Dispositivos de almacenamiento de la información.

Tema 13. Procedimiento para mejorar las prestaciones de un ordenador: Procesamiento paralelo, memorias virtual y caché, procesadores RISC.

Tema 14. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas grandes, medios y pequeños, servidores de datos y de aplicaciones.

Tema 15. Tendencias actuales en las arquitecturas informáticas. El proceso cooperativo y la arquitectura cliente/servidor.

Tema 16. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas operativos.

Tema 17. El sistema operativo UNIX.

Tema 18. Los sistemas de gestión de bases de datos (SGBD). El modelo de referencia ANSI.

Tema 19. El modelo relacional. Las reglas de Codd y la normalización. Operadores básicos del álgebra relacional.

Tema 20. Elementos básicos de SQL.

Tema 21. Nuevas tendencias de los SGBD: Bases de datos distribuidas, orientadas a objeto y deductivas.

Tema 22. Los diccionarios de recursos de información.

III. Ingeniería de los sistemas de información

Tema 23. El ciclo de vida de un sistema de información. El modelo en cascada.

Tema 24. El modelo en espiral del ciclo de vida.

Tema 25. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.

Tema 26. Planificación estratégica de sistemas de información y comunicaciones.

Tema 27. El plan de sistemas de información.

Tema 28. El análisis de requisitos de los sistemas de información y comunicaciones.

Tema 29. Metodologías de desarrollo de sistemas. Orientación a procesos y orientación a datos.

Tema 30. Análisis de sistemas de información. El modelo entidad-relación. Entidades y superentidades.

Tema 31. El análisis estructurado. Diccionario de datos, diagramas de flujo de datos, análisis esencial.

Tema 32. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia, métodos.

Tema 33. Técnicas de análisis y diseño de sistemas transaccionales.

Tema 34. El diseño estructurado.

Tema 35. El diseño orientado a objetos.

Tema 36. La metodología Métrica 2 del Consejo Superior de Informática.

Tema 37. La garantía de calidad en el proceso de producción del soporte lógico.

Tema 38. Métricas y evaluación de la calidad del soporte lógico.

Tema 39. La implantación de la función de calidad.

Tema 40. El Plan General de Garantía de Calidad aplicable al desarrollo de equipos lógicos del Consejo Superior de Informática.

Tema 41. La estimación de recursos y esfuerzo en el desarrollo de sistemas de información.

Tema 42. La migración de aplicaciones en el marco de procesos de ajuste dimensional.

Tema 43. Reingeniería de sistemas de información e ingeniería inversa.

Tema 44. La seguridad informática. Criterios ITSEC.

Tema 45. Análisis de riesgos y planes de contingencia.

Tema 46. La seguridad en comunicaciones y redes de ordenadores.

Tema 47. La auditoría informática: Concepto y contenido. Normas técnicas y estándares.

Tema 48. Organización de la función auditora. Aspectos específicos de la auditoría informática en relación con el Tribunal de Cuentas.

Tema 49. Dirección de proyectos de sistemas y tecnologías de la información. Técnicas de control de proyectos.

IV. Sistemas abiertos, comunicaciones y redes

Tema 50. Elementos conceptuales y arquitectura de sistemas abiertos.

Tema 51. La normalización en el sector de las tecnologías de la información.

Tema 52. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO.

Tema 53. Sistemas de transmisión. Conceptos de medio, receptor, perturbación, distorsión y ruido.

Tema 54. Técnicas de transmisión: Modulación, multiplexación. Técnicas de conmutación: De circuitos, paquetes y mensajes.

Tema 55. Medios de transmisión y modos de comunicación.

Tema 56. Equipos terminales y de comunicaciones.

Tema 57. Redes de área local.

Tema 58. Redes de área extensa.

Tema 59. Las redes públicas de transmisión de datos: Iberpac, Ibermic, RDSI.

Tema 60. Equipos de interconexión de redes: Repetidores, «bridges», «routers» y «gateways».

Tema 61. Los servicios de valor añadido según la Ley Orgánica de las Telecomunicaciones.

Tema 62. El correo electrónico. Servicios de directorio.

Tema 63. Planificación de redes.

Tema 64. Gestión de redes.

V. Ofimática e informática documental

Tema 65. Los ordenadores personales. Arquitectura de sistemas operativos.

Tema 66. Herramientas de informática personal.

Tema 67. El ordenador personal en el marco de la informática corporativa.

Tema 68. El soporte lógico para el trabajo en grupo. Productos principales.

Tema 69. El tratamiento de imágenes y el proceso electrónico de documentos.

Tema 70. Las bases de datos documentales. Ejemplos principales. Tema 71. Sistemas de recuperación de la información.

VI. Actividad económico-financiera del Estado y su reflejo

contable

Tema 72. Los Presupuestos Generales del Estado: Concepto y contenido. Clasificaciones presupuestarias. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones.

Tema 73. La ejecución de los presupuestos de ingresos y de gastos: Fases y operatoria contable. Documentos contables.

Tema 74. El Plan General de Contabilidad Pública: Estructura y contenido. Las cuentas de control y seguimiento de la ejecución presupuestaria.

Tema 75. La Instrucción de contabilidad de la Administración General del Estado.

Tema 76. La Instrucción de contabilidad de la Administración institucional del Estado.

Tema 77. La Cuenta General del Estado: Documentos que la forman y partes de que constan.

Tema 78. La Cuenta de la Administración General del Estado. Estructura y contenido. Las cuentas parciales de las subentidades contables de la Administración General del Estado.

Tema 79. Las cuentas de los organismos autónomos. Estructura y contenido. Los estados anuales agregados.

Tema 80. Funciones de la Central Contable en relación con la Cuenta General del Estado.

VII. Sistemas de información contable públicos

Tema 81. Definición y estructura de los sistemas de información.

Tema 82. Los sistemas de información contable para las Administraciones públicas. El modelo básico. Ampliación del modelo. Esquema general de funcionamiento.

Tema 83. El sistema de información contable de la Administración del Estado (SIC 2). Principios básicos, objetivos y fines. Estructura organizativa. Estructura informática.

Tema 84. El sistema de información contable de la Administración del Estado (SIC 2). Modelo concepual. El control de los flujos de información.

Tema 85. Nuevas tendencias en los sistemas de información contable para las Administraciones públicas.

VIII. El Tribunal de Cuentas: Organización, funciones

y procedimiento

Tema 86. Funciones del Tribunal de Cuentas de acuerdo con su Ley Orgánica reguladora y con la Ley de Funcionamiento que la desarrolla.

Tema 87. Organización del Tribunal de Cuentas. Atribuciones del Presidente, del Pleno y de la Comisión de Gobierno. Las Secciones: Funciones que tienen asignadas.

Tema 88. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas: Contenido. Procedimientos fiscalizadores del Tribunal de Cuentas: Naturaleza y caracteres.

ANEXO III

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , a efectos de ser nombrado Analista en la plantilla de personal laboral fijo del Tribunal de Cuentas, declara bajo juramento o promete que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En , a de de 1999

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid