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Documento BOE-A-1997-25981

Orden de 6 de noviembre de 1997 por la que se modifica el concierto educativo del centro «Institución Profesional Salesiana», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1997, páginas 35737 a 35738 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-25981

TEXTO ORIGINAL

El Centro «Institución Profesional Salesiana», sito en ronda de Don Bosco, número 3, de Madrid, tenía concierto educativo para ocho unidades de la rama Industrial-Agraria en Formación Profesional de primer grado y siete unidades de otras ramas en Formación Profesional de segundo grado, en base a lo establecido en la Orden de 12 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26), por la que se resolvieron los expedientes de modificación de los conciertos educativos, efectos del curso académico 1996-1997.

Por Orden de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1997-1998, se aprueba concierto educativo al citado centro para ocho unidades de la rama Industrial-Agraria en Formación Profesional de primer grado y siete unidades de otras ramas en Formación Profesional de segundo grado, ya que el citado centro no reunía los requisitos establecidos en la Orden de 30 de diciembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1997), por la que se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 1997-1998 y por los motivos que se indicaban como fundamento de la citada Resolución de 9 de mayo de 1997.

Posteriormente, por Orden de 24 de julio de 1997, se concede al citado centro autorización definitiva como centro de Educación Secundaria para impartir enseñanzas correspondientes a ciclos formativos de grado superior.

Teniendo en cuenta la solicitud del centro, de fecha 10 de septiembre de 1997, que se concreta en que se modifique la concesión del concierto educativo para el ciclo formativo de grado superior, Desarrollo de Productos Electrónicos por el de Mantenimiento de Equipo Industrial,

Considerando que el centro ya goza de la preceptiva autorización para impartir el ciclo formativo de grado superior, Mantenimiento de Equipo Industrial, por lo que cumple los requisitos establecidos en el artículo octavo de la Orden de 30 de diciembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1997), por la que se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 1997-1998, para poder transformar unidades concertadas de primer curso de Formación Profesional de segundo grado en unidades en las que se imparta las enseñanzas correspondientes a ciclos formativos de grado superior reguladas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,

Visto, asimismo, el informe favorable, de fecha 1 de octubre de 1997, emitido por el Servicio de Inspección Técnica de Educación,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo en Formación Profesional de segundo grado del centro «Institución Profesional Salesiana», sito en ronda Don Bosco, número 3, de Madrid, quedando establecido un concierto educativo para las unidades, cursos y enseñanzas que a continuación se indican:

Una unidad de otras ramas para la implantación anticipada del primer curso del ciclo formativo de grado superior: Mantenimiento de Equipo Industrial.

Seis unidades de otras ramas en Formación Profesional de segundo grado:

Dos unidades para segundo y tercer curso de la especialidad Electrónica Industrial.

Cuatro unidades para primero, segundo y tercer curso de las especialidades Instalaciones y Líneas Eléctricas y Máquinas-Herramientas.

Segundo.-La Dirección Provincial del Departamento en Madrid notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Madrid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-El concierto educativo que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso académico 1997-1998.

Quinto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente resolución agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la resolución, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 6 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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