Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-25804

Resolución de 18 de septiembre de 1997, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso, para cubrir vacantes del Cuerpo de Ayudantes de Biblioteca de esta Universidad, creadas al amparo del Plan Operativo de Recursos Humanos, aprobado por el Consejo Social de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 1997, páginas 35561 a 35568 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-25804

TEXTO ORIGINAL

Por el Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra, en sesión de 31 de enero de 1997, fue aprobado el Plan Operativo de Recursos Humanos (artículo 2.1 del Real Decreto 364/1995), referido a la plantilla de la biblioteca de esta Universidad. Dicho Plan fue objeto de aclaración, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno, de 30 de julio de 1997, ratificado por el Consejo Social, en sesión de 11 de septiembre del mismo año.

Este Rectorado, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en su nueva redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así como el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar concurso para cubrir las nuevas plazas que se crean en biblioteca, que se relacionan en el anexo I de la presente convocatoria, así como las que pudieran quedar vacantes, de resultas de la primera asignación, de conformidad con el Plan Operativo de Recursos Humanos aprobado, con arreglo a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Por tratarse de un Plan Operativo de Recursos Humanos, el concurso queda restringido a los miembros de la Universidad Pública en activo que prestan sus servicios en biblioteca, y que cumplan los requisitos establecidos en la plantilla aprobada por el Plan Operativo a que se refiere la presente convocatoria.

Los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, deberán cumplirse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

1.2 Están obligados a participar todos los funcionarios que ocupan plazas a extinguir. La participación de los demás funcionarios, conforme al derecho reconocido en el artículo 41.1 del Real Decreto 364/1995, será voluntaria.

1.3 Los perfiles de las nuevas plazas que se crean se encuentran recogidos en el anexo I de esta convocatoria. El anexo II recoge los perfiles de las plazas cubiertas, a fin de que se puedan acreditar méritos para cubrir las vacantes que pudieran producirse una vez hecha la asignación de las nuevas plazas.

2. Presentación de solicitudes

2.1 Las solicitudes para participar en el presente concurso se ajustarán a los modelos establecidos en los anexos III y IV de la presente Resolución y se presentarán en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra, campus «Arrosadía», o de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Los interesados harán constar en la primera instancia (anexo III) las plazas de nueva creación a las que optan, con el orden de preferencia de las mismas. En la segunda instancia (anexo IV) indicarán, por orden de preferencia, aquellas plazas, de las que se encuentran cubiertas, a las que optarían en caso de quedar vacantes.

Si finalizado el plazo de presentación de instancias, ningún funcionario hiciera uso de su derecho a concursar, por el órgano competente se procederá a la reasignación de efectivos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995.

3. Valoración de méritos

La valoración de méritos se realizará con arreglo al siguiente baremo:

3.1 Grado personal consolidado: Por la posesión de grado personal consolidado se adjudicará una puntuación máxima de tres puntos, conforme a la siguiente escala:

Por grado personal superior al nivel del puesto solicitado: Tres puntos.

Por grado personal igual al nivel del puesto solicitado: dos puntos.

Por grado personal inferior al nivel solicitado: Un punto.

3.2 Valoración del trabajo desarrollado como funcionario:

Por el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo desempeñados por los funcionarios se valorarán, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:

Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel superior al del puesto solicitado: 0,25 puntos por trimestre de servicios prestados.

Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel igual al del puesto solicitado: 0,20 por trimestre de servicios prestados.

Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel inferior al del puesto solicitado: 0,15 puntos por trimestre de servicios prestados.

3.3 Titulaciones y cursos de formación y perfeccionamiento, hasta cuatro puntos.

3.3.1 Titulaciones, se valorarán hasta un máximo de dos puntos:

a) Se valorarán las siguientes titulaciones:

1. Por estar en posesión de la Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación, de archivos y bibliotecas, con independencia de que hubiera sido título acreditado por el aspirante para ingresar en la Escala de Ayudantes, un punto.

2. Por estar en posesión de otro título de Diplomado universitario o equivalente, diferente del requerido para ingresar en la Escala de Ayudantes, 0,5 puntos.

3. Por cada Licenciatura o titulación superior equivalente, un punto.

4. Por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias de la Documentación, 2 puntos.

5. Por el Doctorado en Ciencias de la Documentación, un punto.

b) Otras titulaciones no contempladas en el apartado anterior:

1. Por estar en posesión del título de E. G. A. o equivalente, dos puntos.

2. Por estar en posesión del ciclo elemental de euskera, un punto.

3. Por estar en posesión del título oficial en cualquier idioma perteneciente a la Unión Europea, 2 puntos.

4. Por estar en posesión del ciclo elemental de cualquier idioma perteneciente a la Unión Europea, 1 punto.

3.3.2 Cursos de formación y perfeccionamiento.

Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación con las actividades a desarrollar en el supuesto de trabajo que se solicita, organizados por Institutos de Administración Pública y organismos públicos, hasta un máximo de tres puntos según la siguiente escala:

1. Por haber superado master en bibliotecas organizado por universidades españolas, 0,6 puntos.

2. Por estar en posesión de un título no oficial de Diplomado en Biblioteconomía y Documentación, expedido por universidades españolas, 0,8 puntos, siendo incompatible esta puntuación con la establecida en el apartado 3.3.1.a).

3. Por haber superado el curso para postgraduados del Centro de Estudios en Biblioteconomía y Documentación, un punto.

4. Por cursos realizados en relación con el puesto de trabajo entre veinte y cincuenta y nueve horas, 0,20 puntos por cada curso.

5. Por cursos realizados en relación con el puesto de trabajo entre sesenta y noventa y nueve horas, 0,40 puntos por cada curso.

6. Por cursos realizados en relación con el puesto de trabajo de más de cien horas, 0,60 puntos por cada curso.

7. Por los cursos realizados no relacionados con el puesto de trabajo pero sí con el área de la biblioteca, se valorará el 50 por 100 de la escala establecida del 1 al 6, inclusive.

3.4 Antigüedad: Se valorará a razón de 0,50 puntos por cada año completo y 0,125 puntos por trimestre, hasta un máximo de tres puntos.

A estos efectos se computarán los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala correspondiente. No se computarán los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros alegados.

3.5 Méritos específicos: Se valorarán los méritos adecuados a las características de cada puesto de trabajo que se relacionan en los anexos I y II. La valoración máxima por este concepto será de seis puntos para los méritos que figuran en cada uno de los anexos.

4. Acreditación de méritos

4.1 Los méritos alegados relativos a los apartados 3.1, 3.2 y 3.4 deberán ser acreditados mediante certificación expedida por la Gerencia de la Universidad Pública de Navarra.

Los restantes méritos serán acreditados documentalmente por los concursantes mediante las correspondientes certificaciones expedidas por los organismos o instituciones correspondientes.

4.2 Los cursos a que hace referencia el apartado 3.3 deberán acreditarse mediante fotocopia del título correspondiente o certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, expedido por el organismo o institución que hubiera organizado el citado curso.

4.3 Los méritos específicos a que se refiere el apartado 3.5 serán acreditados documentalmente por los concursantes mediante las certificaciones, títulos y demás justificantes que estimen pertinentes.

4.4 La Comisión de Valoración podrá recabar a los concursantes la aclaración de aquellos extremos que considere oportuno, así como la aportación de la documentación adicional que estimen necesarios para la valoración de los méritos alegados y su adecuación a las características del puesto de trabajo solicitado.

5. Comisión de Valoración

La Comisión de Valoración, que ha de resolver el presente concurso, estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: Don Pedro Aparicio Tejo, Vicerrector de Investigación.

Vocales: Don Guillermo Sánchez Martínez, Director de la Biblioteca de la Universidad Pública de Navarra; doña María José Quintana de Uña, Jefa de Sección de Adquisiciones de la Universidad Pública de Navarra, y tres representantes designados por las organizaciones sindicales a que se refiere el artículo 46 del Real Decreto 364/1995.

Secretario: Doña Consuelo de Goñi Desojo, Directora del Servicio de la Comunidad Universitaria.

6. Otras disposiciones

6.1 El orden de prioridad para la adjudicación de las plazas vendrá dado por la puntuación definitiva obtenida, una vez computadas las resultantes de cada uno de los apartados del baremo de méritos a que se refiere la base 3 del presente concurso.

En caso de empate en la puntuación total se dará prioridad al aspirante que mayor puntuación hubiere obtenido en la valoración de méritos específicos.

6.2 No se admitirán solicitudes de renuncia ni de modificación del orden de prioridad de las peticiones de puestos de trabajo objeto del presente concurso fuera del plazo de presentación de instancias.

6.3 El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles y comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese que deberá producirse dentro de los tres días siguientes a la publicación de la Resolución del presente concurso.

6.4 El presente concurso se resolverá por el Rector de la Universidad Pública de Navarra, que dictará Resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y la misma se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

7. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y los actos realizados por la Comisión de Valoración en ejecución de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 18 de septiembre de 1997.-El Rector, Antonio Pérez Prados.

ANEXO I

Sección Adquisiciones

Oficina de Publicaciones

Unitarias

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en planificación y/o gestión de servicios centralizados de adquisición de publicaciones unitarias científicas y técnicas. / Hasta 2.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1,5.

Inglés. / Hasta 1.

Sección de Control

Bibliográfico

Oficina de Catalogación

Puesto base. / 3 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía científica. / Hasta 2.

Experiencia en normalización de autoridades. / Hasta 1.

Oficina de Análisis

Documental

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1,5

Experiencia en clasificar bibliografía científica. / Hasta 1,5.

Experiencia en asignar materias a bibliografía científica. / Hasta 1,5.

Experiencia en gestión de tesaurus. Normalizado de autoridades materia. / Hasta 1,5.

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía científica. / Hasta 1,5.

Experiencia en gestión de tesaurus. Normalizado de autoridades materia. / Hasta 1,5.

Oficina piso primero

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en planificación y/o gestión de colecciones especializadas en humanidades. / Hasta 1,5

Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1,5.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía de humanidades. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Oficina piso segundo

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía de ciencias sociales, ciencia y tecnología. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Puesto base. / 2 / B / 22 / T / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía de ciencias sociales, ciencia y tecnología. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

ANEXO II

Sección Adquisiciones

Jefe de Sección. / 1 / B / 25 / JP / Experiencia en planificación y/o gestión de servicios centralizados de adquisición de bibliografía científica y técnica. / Hasta 2.

Experiencia en dirección de grupos de trabajo técnico. / Hasta 1,5.

Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1,5.

Inglés. / Hasta 1.

Oficina de Publicaciones

Periódicas

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en planificación y/o gestión de servicios centralizados de adquisición de publicaciones periódicas científicas y técnicas. / Hasta 2.

Experiencia en mantenimiento de catálogos colectivos de publicaciones periódicas. / Hasta 1,5.

Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1,5.

Inglés. / Hasta 1.

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en adquisición de publicaciones periódicas. / Hasta 1,5.

Experiencia en gestión de colecciones de publicaciones periódicas. / Hasta 1,5.

Sección Control

Bibliográfico

Jefe de Sección. / 1 / B / 25 / JP / Experiencia en planificación y/o gestión de servicios centralizados de control bibliográfico. / Hasta 2.

Experiencia en dirección de grupos de trabajo técnico. / Hasta 1.

Experiencia en manejo, normalización y conversión de formatos MARC. / Hasta 1.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de impresos antiguos y modernos. / Hasta 1.

Experiencia en gestión de tesaurus y normalización de autoridades. / Hasta 1.

Oficina piso primero

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía de humanidades. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Puesto base. / 1 / B / 22 / T / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación, clasificación y análisis de materias de bibliografía de humanidades. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Oficina referencia

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en planificación y/o gestión de servicios de referencia de información científica. / Hasta 1,5

Experiencia en instalación y explotación de bases de datos en Cd-rom. / Hasta 1,5.

Experiencia en acceso telemático a bases de datos. / Hasta 1,5.

Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1.

Inglés. / Hasta 1.

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en explotación de bases de datos bibliográficos y referenciales. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de información al público. / Hasta 1,5.

Puesto base. / 1 / B / 22 / T / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en explotación de bases de datos bibliográficos y referenciales. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de información al público. / Hasta 1,5.

Oficina acceso al documento

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en planificación y/o gestión de servicios centralizados de acceso al documento científico. / Hasta 2.

Experiencia en manejo de catálogos colectivos on-line, en papel, en Cd-rom, etc. / Hasta 1,5.

Experiencia en gestión de servicios al público. / Hasta 1,5.

Inglés. / Hasta 1.

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en manejo de catálogos colectivos on-line, en papel, en Cd-rom, etc. / Hasta 1,5.

Experiencia en acceso al documento o préstamo interbibliotecario. / Hasta 1,5.

Puesto base. / 1 / B / 22 / T / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en manejo de catálogos colectivos on-line, en papel, en Cd-rom, etc. / Hasta 1,5.

Experiencia en acceso al documento o préstamo interbibliotecario. / Hasta 1,5.

Oficina fondo antiguo

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en planificación y/o gestión de colecciones y servicios de fondo antiguo. / Hasta 1,5.

Experiencia en técnicas de conservación y preservación de materiales bibliográficos. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicios de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 1.

Latín. / Hasta 1.

Puesto base. / 1 / B / 22 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 3.

Experiencia en catalogación de fondos antiguos. / Hasta 1,5.

Experiencia en servicio de atención a investigadores. / Hasta 1,5.

Oficina Est. Sanitarios

Responsable oficina. / 1 / B / 24 / M / Experiencia en bibliotecas universitarias. / Hasta 2.

Experiencia en bibliotecas médicas. / Hasta 2.

Experiencia en gestión de puntos de servicio bibliotecario. / Hasta 2.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid