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Documento BOE-A-1997-24835

Resolución de 30 de junio de 1997, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se solicita el reintegro de una subvención concedida por este Instituto en el año 1996 a «Diapasón Producciones y Promociones Artísticas, Sociedad Limitada».

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1997, páginas 34105 a 34106 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-24835

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de esta Dirección General, de fecha 10 de mayo de 1996, se concedió a don Rafael Golet Salto, en representación de «Diapasón Producciones y Promociones Artísticas, Sociedad Limitada», una ayuda para una gira artística por España de la ópera de cámara «La Cambiale di Matrimonio», de Rossini, en 1996, de las previstas en la Orden de 9 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» número 9, del 11), modificada por la Orden de 29 de noviembre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» número 296, de 12 de diciembre), y convocadas para el año 1996, mediante Resolución número 2060, de 24 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 28, de 1 de febrero), por un importe de 2.000.000 de pesetas.

Con fecha 16 de mayo de 1996, fue abonada a «Diapasón Producciones y Promociones Artísticas, Sociedad Limitada», la cantidad de 2.000.000 de pesetas, correspondiente al pago de la ayuda concedida.

Mediante escrito de fecha 16 de octubre de 1996, el Subdirector general de Música reitera a don Rafael Godet Salto, en representación de «Diapasón Producciones y Promociones Artísticas, Sociedad Limitada», la obligatoriedad de justificación de la ayuda concedida para 1996, conforme a lo establecido en la Orden de 9 de enero de 1995, modificado por Orden de 29 de noviembre de 1995, y Resolución de 24 de enero de 1996.

Con fecha 2 de junio de 1997 (registro de salida número 001741, de 4 de junio), se comunica al interesado la posiblidad de que formule las alegaciones o presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes, con anterioridad a la resolución de reintegro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» de 3 de enero de 1991), así como el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, procede iniciar los trámites oportunos para el reintegro de la subvención, por un importe de 2.000.000 de pesetas, de acuerdo con la liquidación que a continuación se detalla:

Cuantía a reintegrar: 2.000.000 de pesetas.

Interés legal sobre 2.000.000 de pesetas, 9 por 100 anual, del 16 de mayo al 31 de diciembre de 1996, 114.411 pesetas, y 7,5 por 100 anual, del 1 de enero de 1997 al 30 de junio de 1997, 75.000 pesetas.

Total a reintegrar: 2.189.411 pesetas.

Contra esta Resolución puede interponerse recurso administrativo ordinario ante la Ministra de Educación y Cultura, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la Resolución, según se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Comuníquese esta Resolución al interesado y a los órganos administrativos correspondientes.

Madrid, 30 de junio de 1997.-El Director general, Tomás Marco Aragón.

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