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Documento BOE-A-1997-24244

Orden de 28 de octubre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 67/1984, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesta por don José Bustamante Ezpeleta, en representación de don Fermín Martínez Hurtado.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 1997, páginas 33263 a 33264 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-24244

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 67/1984, interpuesto por don José Bustamante Ezpeleta, en representación de don Fermín Martínez Hurtado, contra Resolución de 5 de mayo de 1982 de la Dirección General de la Energía, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la de la Dirección Provincial del Ministerio, en Madrid, de 18 de septiembre de 1981, sobre competencias para firmar proyectos de instalación de un depósito de gas licuado de petróleo, se ha dictado con fecha 18 de mayo de 1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando como estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don José Bustamante Ezpeleta, en nombre de don Fermín Martínez Hurtado, contra la Resolución de 5 de mayo de 1982 de la Dirección General de la Energía, desestimatoria de la alzada deducida contra el acto de 18 de septiembre, dictado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Madrid, debemos declarar y declaramos contrarias al ordenamiento jurídico las referidas resoluciones que, en su consecuencia, anulamos; todo ello sin hacer declaración sobre las costas procesales causadas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

La anterior sentencia es firme al haber declarado el Tribunal Supremo que no ha lugar al recurso de apelación, número 94/1994, interpuesto contra la misma por sentencia de fecha 18 de abril de 1997.

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23),el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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