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Documento BOE-A-1997-23127

Resolución de 12 de septiembre de 1997, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 1997, páginas 31538 a 31542 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-23127

TEXTO ORIGINAL

Aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Universidad, de fecha 10 de marzo de 1997, la oferta de empleo para 1997, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18, en relación con el artículo 3.e) de la Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Castilla-La Mancha, por el turno de promoción interna, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el turno de promoción interna, las siguientes plazas vacantes de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Castilla-La Mancha:

Dos plazas para el Campus de Cuenca.

Dos plazas para el Campus de Toledo.

1.2 El proceso selectivo constará de dos fases, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

1.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, y previa petición de destino a la vista de los puestos que se oferten.

1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del día 20 de noviembre de 1997.

1.6 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha; el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Universidad, de 22 de enero de 1997, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha («Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), de aplicación supletoria, y lo dispuesto en las presentes bases.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o titulación equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.1.6 Pertenecer a la Escala Subalterna de Organismos Autónomos o al Cuerpo General Subalterno, como funcionario de carrera con destino en la Universidad de Castilla-La Mancha, o pertenecer a la categoría de Auxiliar de servicio o Telefonista, como personal fijo de la Universidad de Castilla-La Mancha.

2.1.7 Poseer dos años de antigüedad en los cuerpos, escalas o categorías anteriores. Los servicios en alguno de los cuerpos, escalas o categorías citados, reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, serán computables a efectos de antigüedad.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial, será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, Vicerrectorado de Albacete, Cuenca y Toledo, y centros docentes de la Universidad. A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.

A efectos de puntuación en la fase de concurso, los aspirantes deberán presentar certificación, expedida por la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La Mancha, acreditativa de los extremos contenidos en el punto 1.3.1 del anexo I a la presente convocatoria.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado», del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá al Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los ejercicios del proceso selectivo se realizarán únicamente en Ciudad Real; en consecuencia, los aspirantes deberán dejar en blanco el recuadro correspondiente a «provincia de examen».

3.5 Los derechos de examen serán de 2.500 pesetas y se ingresarán en la cuenta cliente código 2105 0200 0140037223 de Caja Castilla-La Mancha, oficina calle Ciruela, número 9, en Ciudad Real.

El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia bancaria.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del pago de los derechos. La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se señalarán el lugar y fecha de comienzo del ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En esta lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

La resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo, previa comunicación al órgano que dicte la citada resolución, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

4.3 Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de este proceso selectivo. A tal efecto el reintegro se realizará de oficio.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las pruebas será el que figura como anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención citadas.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas, el Rector publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de susituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de cada parte del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudiera suscitar la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral, sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, edificio de Servicios Generales, Unidad de Recursos Humanos, avenida Camilo José Cela, sin número, 13071 Ciudad Real, teléfono (926) 29 53 00.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el anexo IV del Real Decre- to 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar o declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

5.13 Tanto el Tribunal titular como el suplente se componen de cinco miembros, de los que cuatro son nombrados por la Administración, uno de los cuales será el Presidente, y otro el Secretario; el otro miembro será designado por la Junta de Personal.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Z, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal para que acrediten su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del intersado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso ordinario ante el Rector.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por orden de puntuación y con indicación de sus números de documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se hubieran hecho públicas las listas de aprobados en el «Boletín Oficial del Estado», los opositores aprobados deberán presentar en la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La Mancha, la petición de destinos que deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en la base 1.4 previa oferta de los mismos y que se hará pública en los tablones de anuncios del Rectorado, Vicerrectorados y Centros de la Universidad de Castilla-La Mancha.

8.2 Por el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha se procederá al nombramiento del funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

8.3 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ciudad Real, 12 de septiembre de 1997.-El Rector, Luis Alberto Arroyo Zapatero.

ANEXO I

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de dos fases: Oposición y concurso.

a) Primera fase: Oposición.

b) Segunda fase: Concurso de méritos.

1.2 Primera fase: Constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio:

1.2.1 Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionado con el programa del anexo III.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco minutos.

1.2.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos relacionados con el contenido del programa del anexo III, a realizar en PC, utilizando Word, Excel, Access, Correo y Agenda electrónica. Uno de ellos ser referirá necesariamente a Word.

A criterio del Tribunal se podrán plantear tres supuestos para realizar dos a elección de los aspirantes.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

1.3 Segunda fase: Concurso de méritos.

1.3.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán exclusivamente los méritos adquiridos por el personal adscrito a la Universidad de Castilla-La Mancha, relacionados con la antigüedad, nivel de formación y puesto desempeñado.

La lista que contenga la valoración de méritos se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, y comprenderá a los aspirantes que hayan superado la misma.

2. Valoración

2.1 Primera fase: Primer ejercicio.-La valoración será de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos.

2.2 Primera fase: Segundo ejercicio.-La valoración de cada supuesto será de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos en cada uno.

2.3 Segunda fase: Concurso de méritos.-Se valorarán los méritos relacionados con la antigüedad, nivel de formación y puesto desempeñado, conforme al siguiente baremo:

Antigüedad.-Se valorará en función de los grupos de titulación a que se encuentren adscritos los cuerpos, escalas o categorías de pertenencia, hasta un máximo de dos puntos, conforme a la siguiente escala:

Grupo D: 0,07 puntos por cada año de ejercicio.

Grupo E o categorías previstas en la base 2.1.6 de la convocatoria: 0,05 puntos por año de servicio.

Titulaciones académicas oficiales.-Se valorarán las titulaciones de grado superior al exigido en la convocatoria a 0,25 puntos por titulación académica, hasta un máximo de un punto.

Nivel de puesto de trabajo.-Por el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que se desempeña, a 0,1 puntos por nivel.

Al personal funcionario de carrera que pueda participar en el proceso selectivo de conformidad con la base 2.1.6 desde la situación de excedencia, se considerará el nivel del último puesto desempeñado en la escala en que le faculte para el acceso, así como, al personal que participe desde las categorías previstas en dicha base.

2.4 La calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y segunda fases del proceso de selección.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate a puntos, éste se dirimirá por la puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir aún la situación de empate, por el orden de concurso de méritos según consta en el anexo I de esta convocatoria.

ANEXO II

Programa

ESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD

DE CASTILLA-LA MANCHA

Tema 1. El Consejo de Universidades. Los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha. Estructura, órganos de gobierno colegiados y órganos de gobierno unipersonales.

Tema 2. Régimen económico-financiero de la Universidad. Presupuesto universitario.

Tema 3. Personal docente e investigador y personal de Administración y Servicios.

Tema 4. Régimen del alumnado. Derechos y deberes de los alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha. Acceso y permanencia. Convalidaciones. Traslado de expedientes. Títulos. Becas.

Tema 5. Atención a los usuarios de los servicios en la Administración Pública. Comunicación oral y escrita. Los Archivos y Registros Públicos. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 6. Concepto de informática. Unidad central de proceso, memoria y unidad aritmeticológica. Soportes de información. Periféricos.

Tema 7. «Software» de sistemas: Sistema operativo. Lenguajes de programación. «Software» de aplicación: Tratamiento de textos, hojas de cálculo y bases de datos, correo y agenda electrónica.

ANEXO III

Tribunales

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Antonia Quintanilla Fernández, Vicegerente del Área Administrativa General y Recursos Humanos, en representación del Rector.

Vocales:

Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la Universidad de Salamanca.

Don José Ramón Jara Vera, Gerente del Campus de Albacete.

Doña María Cruz Chavés Guzmán, Directora de la Unidad de Recursos Humanos.

Don Tomás López Moraga, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Ignacio Gavira Tomás, Gerente de la Universidad, en representación del Rector.

Vocales:

Don Gerardo Llana Herrera, Gerente de la Universidad de Valladolid.

Don Gervasio Fernández Riol, Gerente del Campus de Toledo.

Don Matías Rubio Cuevas, Gerente del Campus de Cuenca.

Doña María Dolores López Mengual, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

ANEXO IV

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala , que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En , a de de 19....

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