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La SAT número 6.308, Lora Fruit, de Lora del Río (Sevilla), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, fue reconocida como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1035/1972, el 20 de noviembre de 1996, por Resolucion del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e inscrita en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas con el número 578. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/1996, del Consejo de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/1996, del Consejo, de 28 de octubre de 1996, y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría II (Frutas), a la SAT número 6.308, Lora Fruit, de Lora del Río (Sevilla).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 6.308, Lora Fruit, de Lora del Río (Sevilla), para la categoría II (Frutas).
Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como derechos adquiridos, las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1035/1972, en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE) número 2200/1996.
Madrid, 25 de septiembre de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez
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