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Documento BOE-A-1997-19756

Resolución de 31 de julio de 1997, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 570/1995, interpuesto por la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 12 de septiembre de 1997, páginas 27084 a 27084 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-19756

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 19 de mayo de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 570/1995, interpuesto por la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 15 de febrero de 1995, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo convocado por otra de 10 de octubre de 1994.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Juan Antonio García San Miguel de Orueta, en nombre y representación de la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado, contra la Resolución de 15 de febrero de 1995, que resolvió el concurso de provisión convocado por Resolución de 10 de octubre de 1994, rectificada por Resolución de 26 de octubre de 1994, debemos confirmar y confirmamos dicha Resolución administrativa, por ser conforme a Derecho, sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 31 de julio de 1997.-El Director general, José Aurelio García Martín.

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