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Documento BOE-A-1997-18626

Orden de 10 de julio de 1997 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, del auto dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en la pieza separada de suspensión del recurso contencioso-administrativo número 1.574/1994, interpuesto por «Aves León, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 1997, páginas 25384 a 25385 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1997-18626

TEXTO ORIGINAL

En la pieza separada de suspensión del recurso de casación núme ro 305/1996, preparado ante el Tribunal Supremo por la representación de la entidad «Aves León, Sociedad Anónima», contra el auto dictado por la Audiencia Nacional de fecha 24 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 1.574/1994, deducido contra la Orden de 14 de mayo de 1993, relativa a sanción e indemnización por vertidos no autorizados al río Bernesga, término municipal de San Andrés de Rabanedo (León), se ha dictado auto con fecha 28 de junio de 1996, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«La Sala acuerda: Declarar desierto el recurso de casación interpuesto por «Aves León, Sociedad Anónima», contra auto de fecha 24 de noviembre de 1994 dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Ad ministrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso 1.574/1994, sin hacer expresa imposición de costas.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos el referido auto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 10 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Ilmo. Sr. Director general de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.

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