Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/15/1995, interpuesto por don Lisardo Pérez Fernández, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 18 de marzo de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Estimar el presente recurso número 15/1995, interpuesto por don Lisardo Pérez Fernández, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 8 de septiembre de 1994, así como contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto frente a ella, por la que se le impuso la sanción de suspensión de funciones de quince días, como autor responsable de la falta grave del artículo 7.1.o) del Reglamento Disciplinario, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, Resoluciones que anulamos por ser contrarias al ordenamiento jurídico, y dejamos sin efecto la sanción impuesta al recurrente, debiendo proceder la Administración a reintegrarle las cantidades descontadas como consecuencia de la ejecución de dichas Resoluciones.
Segundo.-No hacer una expresa imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de julio de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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