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Documento BOE-A-1997-18023

Orden de 16 de julio de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras de los premios nacionales relacionados con el comercio interior, en los que se destacan las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, y el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología y asociación y fusión de empresas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 1997, páginas 24244 a 24245 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-18023
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/07/16/(4)

TEXTO ORIGINAL

La necesidad por parte de la Dirección General de Comercio Interior de poner en marcha la Ley de Ordenación del Comercio y su desarrollo, así como del estudio de las medidas del entorno, formación profesional y análisis de la pequeña y mediana empresa Comercial y la gran distribución, hacen necesario, que destaque tanto la especial actuación de los Ayuntamientos en materia de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, como los pequeños comercios que sobresalgan por su desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología utilizada, asociación o fusión de empresas. Por todo ello se justifica la necesidad de la creación y establecimiento de las bases reguladoras de los presentes premios.

La Administración General del Estado, por medio del Ministerio de Economía y Hacienda ostenta la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación de la actividad económica, asimismo le corresponde al Estado la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, todo ello teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 149.1.1.a y 149.1.13.a de la Constitución. Por otra parte, y dado el reducido número de premios que se crean, la territorialización o distribución de fondos entre las Comunidades Autónomas es una tarea difícilmente realizable, o que precisaría de unos criterios de distribución que forzosamente habrían de originar desigualdad de oportunidades en el territorio nacional. Por lo que se hace imprescindible la gestión de las mismas por la Administración General del Estado para asegurar idénticas posibilidades de obtención o disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, y Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, dispongo:

Primero.-Se aprueba la creación y las bases reguladoras de:

Un Premio Nacional a Ayuntamientos, destinado a premiar las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades.

Un Premio Nacional al Pequeño Comercio, destinado a premiar el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología, asociación o fusión de empresas.

La convocatoria de estos premios se realizará con carácter anual, mediante Resolución del Director general de Comercio Interior publicada en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a la delegación de competencias atribuida por Resolución de 2 de julio de 1996 de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Segundo.-La convocatoria de los premios destinados a Ayuntamientos, y al pequeño comercio, se ajustarán a las siguientes bases reguladoras:

1. Objetivo de los premios.-El objetivo de los premios está encuadrado dentro del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior, así como del estudio de las medidas del entorno, formación profesional, urbanismo comercial y análisis de la pequeña y mediana empresa comercial y la gran distribución, teniendo la finalidad de distinguir o galardonar la especial actuación de los Ayuntamientos en materia de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, como los pequeños comercios que sobresalgan por su desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología utilizada, asociación o fusión de em presas.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1 Premio Nacional a Ayuntamientos: Las actuaciones que se valorarán a efectos de concesión de premios serán las siguientes:

a) Haber realizado mejoras urbanísticas durante los últimos cinco años, dentro del centro de la ciudad que supongan una mejora sustancial en el desarrollo del comercio de la citada zona.

b) Se considerará mérito específico adicional cualquier innovación urbanística que, facilite la nueva instalación y creación de pequeñas y medianas empresas dentro del ámbito reformado.

2.2 Premio Nacional al Pequeño Comercio: Las actuaciones que se valorarán a efectos de concesión de premios serán las siguientes:

a) La iniciativa aplicada a un eficiente desarrollo comercial, mediante la mejora de la tecnología aplicada al comercio o por cualquier otro medio que implique una mejora sustancial en el desarrollo de su evolución comercial.

b) Se considerará mérito específico adicional cualquier innovación introducida en el comercio, mediante la creación de asociaciones, fusiones, que faciliten el desarrollo de la pequeña y mediana empresa, mejorando la competitividad de la misma.

3. Dotación.-La dotación de los premios será de 1.500.000 pesetas brutas, cada uno, que serán entregados al correspondiente galardonado, excepto en el caso, de que fueran declarados desiertos uno de ellos o ambos.

4. Candidaturas y solicitudes.-Las candidaturas podrán ser presentadas directamente por los interesados que opten a los distintos premios, o bien por asociaciones empresariales, corporaciones o entidades de derecho público.

Los interesados enviarán a la Dirección General de Comercio Interior a través del Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, paseo de la Castellana, 162, de Madrid, y en el plazo que se indique en la correspondiente Resolución de convocatoria, la siguiente documentación:

Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Memoria técnica y documentos acreditativos de los méritos alegados.

Fotocopia del documento nacional de identidad (personas físicas).

Escrituras de constitución y apoderamiento (personas jurídicas).

Documento justificativo de representación (Ayuntamientos).

Todos los documentos antes reseñados deberán estar autenticados en alguna de las formas previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común, puede enviarse, además, cualquier otra documentación que se considere relevante de cara a las evaluaciones a realizar.

Dicha solicitud con la documentación correspondiente podrá presentarse además de en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Tribunal seleccionador.-El Tribunal de selección, se constituirá en la sede de la Dirección General de Comercio Interior (Ministerio de Economía y Hacienda), paseo de la Castellana, 162, planta 16 (Madrid). El funcionamiento del Tribunal de selección, se regirá por lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6. Composición del Tribunal.-El Tribunal de selección, estará compuesto por un Presidente y cuatro Vocales:

Presidente: Director general de Comercio Interior.

Vocales: Subdirector general de Estudios, Modernización y Programación General del Comercio, que actuará como Vicepresidente y sustituirá al Presidente en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.

Subdirector General de Comercio Interior.

Subdirector general de Precios y de Relaciones Institucionales con las Administraciones Públicas, Organismos, Entidades y Asociaciones Comerciales.

Un Consejero Técnico de la Dirección General de Comercio Interior, que actuará como Secretario del Tribunal.

7. Proceso de selección.-El tribunal procederá en el plazo máximo de treinta días hábiles a contar desde la fecha de finalización de la presentación de solicitudes, a realizar la selección de los candidatos premiados, elevando propuesta de resolución de adjudicación de los premios al Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, antes del plazo de treinta días hábiles a contar desde el plazo de terminación de candidaturas.

8. Resolución y recursos.-El Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, emitirá la resolución definitiva de adjudicación de los premios, la que se comunicará a los interesados y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta resolución podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes ante el Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de julio de 1997.

RODRIGO DE RATO Y FIGAREDO

Ilmo. Sr. Director general de Comercio Interior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/07/1997
  • Fecha de publicación: 08/08/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 09/08/1997
  • Fecha de derogación: 13/04/2005
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden ITC/925/2005, de 5 de abril (Ref. BOE-A-2005-5872).
  • SE MODIFICA:
    • los apartados .3 y 8, y segundo, por Orden de 20 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-12454).
    • los apartados Primero y segundo.3, por Orden de 17 de febrero de 1998 (Ref. BOE-A-1998-4548).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 81.6 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
  • CITA:
Materias
  • Ayuntamientos
  • Comercio
  • Premios

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