Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 5 de mayo de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 860/1993, promovido por «J. García Carrión, Sociedad Anónima», contra resolución del Consejo de Ministros de 14 de mayo de 1993, que impuso al recurrente multa y baja en los Registros de la denominación de origen «Jumilla», por incumplimiento de la normativa reguladora, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Albito Martínez Díez, en nombre y representación de la compañía mercantil "J. García Carrión, Sociedad Anónima", contra la resolución del Consejo de Ministros de 14 de mayo de 1993, que impuso a aquélla una multa por importe de 1.100.000 pesetas, y la baja en los Registros de la denominación de origen "Jumilla", y contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, actos administrativos que anulamos, sin que proceda la condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 17 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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