En el recurso contencioso-administrativo número 2.072/1995, referente al expediente de marca número 1.752.462/8, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por don Cosme Mayol Estelrich contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de enero y 28 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 27 de febrero de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Cosme Mayol Estelrich, contra el acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de enero de 1995, por ser el mismo conforme a Derecho; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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