Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 26 de abril de 1997, sentencia firme en el recurso recurso contencioso-administrativo número 1.974/1992, promovido por «Gregorio Díaz Miguel, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción de la legislación en materia de quesos, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Federico Pinilla Peco, en nombre y representación de "Gregorio Díaz Miguel, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Dirección General de Política Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 1 de julio de 1991, confirmada en alzada por resolución del excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 23 de diciembre de 1991, debemos declarar y declaramos la disconformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico por incompetencia del órgano sancionador, debiendo, en su caso, incoarse y tramitarse el correspondiente procedimiento sancionador por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los términos expuestos en la sentencia. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 4 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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