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Documento BOE-A-1997-16846

Corrección de errores de la Orden de 27 de junio de 1997, por la que se convocan plazas en residencias de Institutos de Educación Secundaria dependientes del Ministerio de Educación y Cultura para cursar estudios posteriores a la Enseñanza Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 1997, páginas 22973 a 22973 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-16846

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Orden de 27 de junio de 1997, por la que se convocan plazas en Residencias de Institutos de Educación Secundaria dependientes del Ministerio de Educación y Cultura para cursar estudios posteriores a la Enseñanza Obligatoria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 168, de 15 de julio de 1997, procede efectuar las siguientes correcciones:

En la página 21744:

Donde dice: «ORDEN de 27 de julio de 1997, por la que se convocan plazas en residencias de Institutos de Educación Secundaria dependientes del Ministerio de Educación y Cultura para cursar estudios posteriores a la Enseñanza Obligatoria.», debe decir: «ORDEN de 27 de junio de 1997, por la que se convocan plazas en residencias de Institutos de Educación Secundaria dependientes del Ministerio de Educación y Cultura para cursar estudios posteriores a la Enseñanza Obligatoria.»

En la página 21745, base sexta, apartado 3:

Donde dice: «Si en una residencia el número de plazas es mayor que el de aspirantes de la zona de la letra a) del apartado 1 de esta base, la Dirección Provincial las ofrecerá a otras Direcciones Provinciales que no sean de su zona de influencia, para que pueda escolarizar a alumnos del colectivo mencionado, antes de proceder a adjudicar plazas de residencia a los alumnos señalados en la letra a) del apartado 1 de esta base.», debe decir: «Si en una residencia el número de plazas es mayor que el de aspirantes de la zona de la letra a) del apartado 1 de esta base, la Dirección Provincial las ofrecerá a otras Direcciones Provinciales que no sean de su zona de influencia, para que pueda escolarizar a alumnos del colectivo mencionado, antes de proceder a adjudicar plazas de residencia a los alumnos señalados en la letra b) del apartado 1 de esta base.»

En la página 21749, anexo II:

Donde dice: «Primer ciclo formativo de grado superior.», debe decir: «1.o de Ciclo formativo de grado superior.»

En la misma página, y en el mismo anexo II:

Donde dice: «Segundo ciclo formativo de grado superior.», debe decir: «2.o de Ciclo formativo de grado superior.»

En la misma página, anexo III:

Donde dice: «Hermanos: Primer hermano de la residencia.», debe decir: «Hermanos: Primer hermano en la residencia.»

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