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Documento BOE-A-1997-13070

Resolución 106/1997, de 2 de junio, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 1997, páginas 18471 a 18471 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1997-13070

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 30 de mayo de 1997 Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 2 de junio de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Madrid, 30 de mayo de 1997.

REUNIDOS

De un parte, el excelentísimo señor don Eduardo Serra Rexach, Ministro de Defensa.

Y de otra, don Gustavo Villapalos Salas, Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid.

Ambos con las representaciones que tienen asignadas y reconociéndose con plena capacidad para actuar y, en especial, para firmar este Convenio de colaboración,

MANIFIESTAN

Las instituciones aquí representadas consideran como uno de sus fines prioritarios promover el apoyo a las actividades de estudio, investigación y difusión pública de la cultura y, específicamente, de los bienes que forman parte del patrimonio histórico cultural, así como la cooperación en esta materia.

La Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid tiene una Sala de Exposiciones en la cual proyecta el Ministerio de Defensa realizar una exposición abierta al público sobre «La guerra en la antigüedad. Una aproximación al origen de los ejércitos de España».

En virtud de lo expuesto,

ACUERDAN

Primero.-La Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid pone a disposición del Ministerio de Defensa la Sala de Exposiciones situada en la plaza de España, número 8 (Madrid), cuya superficie total se distribuye en dos plantas, de las cuales la planta baja tiene 462,65 metros cuadrados, y 253 metros cuadrados la entreplanta.

Segundo.-En la mencionada Sala de Exposiciones, el Ministerio de Defensa organizará, durante los meses de mayo y junio de 1997, una exposición titulada «La guerra en la antigüedad. Una aproximación al origen de los ejércitos en Hispania», mediante una inversión que no superará la cantidad de 4.500.000 pesetas en concepto de publicidad y propaganda, seguridad y otros (gastos diversos).

Tercero.-La organización de la mencionada exposición correrá a cargo del Ministerio de Defensa, sin perjuicio de la colaboración técnica y, en su caso, económica, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, por un importe de 1.500.000 pesetas en concepto de seguro/embalaje.

Cuarto.-La Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid aportará la infraestructura y los gastos de mantenimiento de la Sala, incluyendo en estos conceptos la limpieza y el mantenimiento, el personal de seguridad, las instalaciones de seguridad y el control ambiental necesarios, hasta un importe máximo de 1.500.000 pesetas.

Quinto.-El presente Convenio de Colaboración tiene naturaleza administrativa. Se regirá por las cláusulas anteriores y, en lo no previsto expresamente en ellas, por los principios de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

Sexto.-El Director del Gabinete del Ministro de Defensa, por parte del Ministerio de Defensa, y el Director general de Patrimonio Cultural, por la Comunidad Autónoma de Madrid, serán las autoridades encargadas de la ejecución y seguimiento del presente Convenio en todas las gestiones que requiera su aplicación.

Séptimo.-El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, pudiéndose denunciar por escrito en caso de incumplimiento de alguna de sus cláusulas.

Octavo.-Para conocer de las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el presente Convenio será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de su conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio de colaboración por duplicado en el lugar y fecha arriba indicado.

Por el Ministerio de Defensa, Eduardo Serra Rexach.-Por la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, Gustavo Villapalos Salas.

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