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Documento BOE-A-1997-12858

Acuerdo de 3 de junio de 1997, del Consejo de Universidades, por el que se fijan los límites de precios por estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales para el curso 1997-1998.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 1997, páginas 18174 a 18174 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-12858
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/1997/06/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Universidades, en sesión de su Comisión de Coordinación y Planificación de 3 de junio de 1997, y de conformidad con lo dispuesto en los ar tículos 54.3.b) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre), y 13.2.g) del Real Decre to 552/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Universidades («Boletín Oficial del Estado» del 27), acuerda: «Los límites de los precios académicos y demás derechos por estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales para el curso 1997-1998 serán: Límite mínimo: El resultante de incrementar los precios oficiales establecidos para el curso 1996-1997 para el conjunto de las enseñanzas, en el ámbito de competencias de las distintas Administraciones Públicas, tanto si aquéllas están organizadas en cursos o en créditos, en el porcentaje de aumento experimentado por el índice de precios al consumo nacional desde el 1 de junio de 1996 a 31 de mayo de 1997; límite máximo: El resultante de incrementar tres puntos el límite mínimo establecido en el párrafo anterior». En todo caso, los precios resultantes por aplicación de estos límites no deberán ser, en relación con los del curso 1996-1997, inferiores al precio más bajo en cualquier estudio de cualquier Universidad ni más elevados que el precio más alto en cualquier estudio de cualquier Universidad, incrementado por el índice de precios al consumo anteriormente citado más tres puntos.

Madrid, 3 de junio de 1997.-El Secretario general, Juan Roca Guillamón.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 03/06/1997
  • Fecha de publicación: 13/06/1997
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 13.2.G) del Reglamento aprobado por Real Decreto 552/1985, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1985-7175).
    • art. 54.3.B) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23432).
Materias
  • Precios
  • Tasas académicas
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidades

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