Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-12282

Orden de 25 de abril de 1997 por la que se autoriza definitivamente para la apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Secundaria «Blanca de Castilla», de Burgos.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 1997, páginas 17482 a 17482 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-12282

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña Natividad Castellano Inibarren, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria «Blanca de Castilla», sito en la calle San Juan de Ortega, número 12, de Burgos, según lo dispuesto en el artículo 7.o del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general,

El Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con el artículo 7.o del Real Decre to 332/1992, la apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Blanca de Castilla», sito en la calle San Juan de Ortega, número 12, de Burgos, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo edificio o recinto escolar que se describe a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Blanca de Castilla».

Titular: Congregación de Hijas de Jesús.

Domicilio: Calle San Juan de Ortega, número 12.

Localidad: Burgos.

Municipio: Burgos.

Provincia: Burgos.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, segundo ciclo.

Capacidad: Seis unidades y 150 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Blanca de Castilla».

Titular: Congregación de Hijas de Jesús.

Domicilio: Calle San Juan de Ortega, número 12.

Localidad: Burgos.

Municipio: Burgos.

Provincia: Burgos.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria.

Capacidad: 18 unidades y 450 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Blanca de Castilla».

Titular: Congregación de Hijas de Jesús.

Domicilio: Calle San Juan de Ortega, número 12.

Localidad: Burgos.

Municipio: Burgos.

Provincia: Burgos.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 13 unidades y 387 puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Capacidad: Cuatro unidades y 140 puestos escolares.

c) Bachillerato: Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: Dos unidades y 70 puestos escolares.

d) Bachillerato: Modalidad de Tecnología.

Capacidad: Dos unidades y 62 puestos escolares.

Segundo.-La presente autorización surtirá efecto progresivamente y se comunicará de oficio al Registro de Centros, a los efectos oportunos.

Tercero.-Provisionalmente, hasta finalizar el curso escolar 1999/2000, y en base al artículo 17.4 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, el centro de Educación Infantil «Blanca de Castilla» podrá funcionar con una capacidad de seis unidades de segundo ciclo y 240 puestos escolares.

Cuarto.-El centro de Educación Secundaria que por la presente Orden se autoriza deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.-Contra la presente disposición, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de abril de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid