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Documento BOE-A-1997-10216

Orden de 21 de abril de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso contencioso-administrativo 1.670/94, promovido por don Fernando Garachena Isasi.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 1997, páginas 14802 a 14802 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-10216

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado sentencia, con fecha 13 de enero de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.670/94, en el que son partes, de una, como demandante, don Fernando Garachena Isasi, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 9 de marzo de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 2 de diciembre de 1993, sobre ayuda de estudios.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por don Fernando Garachena Isasi, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 9 de marzo de 1994, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 2 de diciembre de 1993, denegatoria de la prestación de promoción de estudios, consistente en la ayuda para cursar el segundo curso de Derecho en la UNED, que anulamos, por contrarias al ordenamiento jurídico, con reconocimiento del derecho a la obtención de la beca de estudios solicitada, en cuantía de 60.000 pesetas, más los intereses correspondientes, de conformidad con el artículo 45 de la Ley General Presupuestaria. Sin condena en las costas procesales devengadas en esta instancia.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 21 de abril de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres.: Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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