Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), con fecha 9 de febrero de 1996, sentencia firme, en el recurso contencioso-administrativo número 78/1994, promovido por don Gabriel Sánchez López, sobre revocación de ayuda a la producción de girasol, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Gabriel Sánchez López, contra resoluciones de la Dirección General del SENPA de 2 de noviembre de 1993, y Dirección Provincial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en Albacete de fecha 18 de marzo de 1993, sobre revocación de ayuda a la producción de girasol en la cosecha 1992 y reintegro del anticipo percibido, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas, manteniendo las mismas en su contenido; todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia. Madrid, 3 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director General del Fondo Español de Garantía Agraria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid