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Documento BOE-A-1996-9067

Orden de 26 de marzo de 1996 por la que se conceden las subvenciones para fundaciones dependientes de partidos políticos, convocadas por Resolución de 23 de febrero de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 1996, páginas 14607 a 14607 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-9067

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 28 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» número 76, del 30) regula la concesión de subvenciones a fundaciones dependientes de partidos políticos que difundan el conocimiento del sistema democrático. Por Resolución de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 50, del 27), de esta Subsecretaría, se convocan las citadas subvenciones.

Vistas las solicitudes presentadas por las entidades: Fundación Pablo Iglesias, Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales, Fundación de Investigaciones Marxistas, Fundación Luis Bello, Fundación de Estudios Socialistas Federico Engels, Fundación Nous Horitzons, Fundación Privada Ramón Trías Fargas, Instituto de Estudios Humanísticos Miguel Coll i Alentorn y Fundación Sabino Arana, todas ellas admitidas una vez subsanadas las faltas y acompañados los documentos preceptivos;

Visto el informe que ante mí eleva la Comisión de Estudio y Valoración, en su reunión de 25 de marzo de 1996;

Visto el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas; la Orden de 6 de febrero de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 45, del 21), por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos, y la Orden de 28 de marzo de 1994 y la Resolución de 23 de febrero de 1996, citadas;

Teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el punto séptimo de la Resolución de 23 de febrero de 1996, y considerando que queda acreditada la capacidad de las fundaciones concurrentes para llevar a cabo las actividades para las que solicitan subvención,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.-Conceder las siguientes subvenciones con cargo a la aplicación presupuestaria 24.09.455C.489:

Fundaciones / Cuantía

de la subvención

-

Pesetas

Fundación Pablo Iglesias / 142.314.820

Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales / 126.203.709

Fundación de Investigaciones Marxistas / 10.337.963

Fundación Luis Bello / 1.543.982

Fundación de Estudios Socialistas Federico Engels / 1.543.982

Fundación Nous Horitzons / 2.685.185

Fundación Privada Ramón Trías Fargas / 10.740.741

Instituto de Estudios Humanísticos Miguel Coll i Alentorn . / 4.475.309

Fundación Sabino Arana / 4.475.309

Segundo.-Para hacer efectivas las subvenciones concedidas será requisito imprescindible la suscripción del convenio a que se refieren el punto sexto, b), de la Orden de 28 de marzo de 1994 y el punto octavo de la Resolución de 23 de febrero de 1996.

Notifíquese esta Orden a los interesados, advirtiéndoles que es definitiva en la vía administrativa, por lo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a esta Subsecretaría.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimientos y efectos.

Madrid, 26 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 28 de marzo de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Cooperación Cultural.

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