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Documento BOE-A-1996-8486

Resolución de 30 de enero de 1996, de la Dirección General de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el «Colegio de Doncellas Nobles», situado en la plaza del Cardenal Silíceo, número 1, en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 1996, páginas 13739 a 13740 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-8486

TEXTO ORIGINAL

Se ha solicitado por la Gerencia del Patrimonio Nacional, al amparo del artículo 10 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la incoación de expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural.

Considerando que el Ministerio de Cultura es competente para su declaración por formar parte dicho bien del Patrimonio Nacional, de conformidad con lo que al efecto establece el artículo 6.ºb) de la Ley citada, y dado que en él pueden concurrir los requisitos legales exigidos en su artículo 9 para su declaración,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, ha resuelto:

Primero.-Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el «Colegio de Doncellas Nobles», situado en la plaza del Cardenal Silíceo, número 1, en Toledo.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, la descripción del bien y la delimitación de la zona afectada, cuyo plano obra en el expediente, se publican como anexo a la presente Resolución.

A la fecha de la presente Resolución no consta que existan bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español, que para su vinculación a la historia de aquél, deban ser afectados por la declaración de Bien de Interés Cultural.

Segundo.-Comunicar al Ayuntamiento de Toledo que la presente Resolución, según lo dispuesto en el artículo 12.3 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, determina en relación con el bien afectado, la aplicación provisional del régimen de protección previsto para los bienes de interés cultural, en el artículo 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español.

Tercero.-La presente Resolución se notificará al Patrimonio Nacional, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, a la Comunidad de Castilla-La Mancha, a los interesados y al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva, y su publicará en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 30 de enero de 1996.-El Director general, Jesús Viñuales González.

ANEXO QUE SE CITA

«Real Colegio de Doncellas Nobles» (Toledo)

Descripción

El «Colegio de Doncellas Nobles» fue fundado en el año 1551 por el Arzobispo de Toledo y Cardenal, don Juan Martínez Silicio. Sigue ocupando el emplazamiento original de una de las casas, que para tal fin fueron adquiridas a don Diego Hurtado de Mendoza, Conde de Mélito.

En el siglo XVII el edificio sufrió restauraciones, y a finales del XVIII se realizaron nuevas obras, costeadas por el Cardenal Lorenzana y dirigidas por Ventura Rodríguez, quien respetó las características originales de la construcción del siglo XVI: Una estructura organizada en torno a un patio adintelado con columnas de granito, dos salones alargados, situados en los lados opuestos del patio, y unas amplias escaleras de paso al piso superior.

En el lugar del antiguo salón principal, actualmente se encuentra la capilla del colegio. Consta de una nave cubierta con bóveda de cañón con lunetos, crucero sobre pechinas y testero plano. Tiene coro a los pies, en alto y sotocoro con bóveda de arista.

La fachada principal, orientada a mediodía, tiene dos portadas, una de entrada al colegio y la otra que da paso a la iglesia. La primera es de orden dórico, en sillería, con escudo real, y otro con las armas del fundador. La segunda posee dos cuerpos: El inferior, con un vano de medio punto enmarcado por cuatro pilastras en orden dórico, y sobre el que se ve un escudo con armas del Cardenal Silíceo. Ambas portadas son barrocas clasicistas.

Delimitación de la zona afectada

La zona afectada, al estar el inmueble dentro del Conjunto Histórico de Toledo, declarado por Decreto de 9 de marzo de 1940, comprende solamente el inmueble de referencia, con una superficie aproximada de 1.965 metros cuadrados y con la siguiente delimitación:

Cuesta del Corchete desde su intersección con la Cuesta de Santa Leocadia hasta su intersección con la calle del Corchete; continúa por dicha calle hasta llegar a la plaza del Cardenal Silíceo; atraviesa la plaza del Cardenal Silíceo hasta su intersección con la calle del Colegio de las Doncellas, para continuar por esta calle hasta llegar a su intersección con la Cuesta de Santa Leocadia y, siguiendo por dicha Cuesta, enlazar con la Cuesta del Corchete.

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