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Documento BOE-A-1996-5791

Resolución de 13 de febrero de 1996, de la Universidad de La Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 12 de marzo de 1996, páginas 9950 a 9954 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-5791

TEXTO ORIGINAL

Aprobada por Resolución Rectoral del 10 de agosto de 1995 la oferta de empleo público para 1995 del personal de administración y servicios de la Universidad de La Coruña,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.º, 2, e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre («Diario Oficial de Galicia» del 17), y al objeto de atender las necesidades de personal funcionario de Escala Auxiliar, resuelve:

Artículo 1.

Convocar pruebas selectivas para cubrir 66 plazas de funcionarios de la Escala Auxiliar de la Universidad de La Coruña, grupo D, destinados a realizar tareas de apoyo admninistrativo en el ámbito de la administración de la Universidad.

Del total de plazas convocadas se reservarán 17 para ser cubiertas por funcionarios de la Universidad de La Coruña, pertenecientes a Cuerpos o Escalas del grupo E y dos plazas para ser cubiertas entre personas con minusvalía de grado igual o superior al 33 por 100, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. Las plazas no cubiertas por los turnos de promoción interna y de minusválidos se acumularán a las de acceso libre.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes bases:

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la instancia según modelo que figura como anexo IV (impreso que se facilita en el Registro General de la Universidad). A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector de la Universidad de La Coruña, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de La Coruña (rúa de la Maestranza, sin número), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

1.2 Los derechos de examen serán de 5.735 pesetas que se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número 17957982 «Pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar», a nombre de la Universidad de La Coruña. A la solicitud deberá acompañarse el resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 1.1.

1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante certificación expedida por la Gerencia de la Universidad de La Coruña. Esta certificación deberá acompañarse unida a la solicitud.

1.4 Los aspirantes que concurran a las plazas reservadas para quienes tengan la condición legal de minusvalía deberán formular la correspondiente opción con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto.

1.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y menos de sesenta y cinco.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2 Los aspirantes por el turno de promoción interna deberán tener una antigüedad de, por lo menos, dos años en su Cuerpo o Escala a que pertenezcan.

2.3 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades

3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal calificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

4. Listas de admitidos y excluidos

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad dictará Resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa de los apellidos, nombre, documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de la exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Resolución, para subsanar el defecto que tenga motivado la exclusión. Transcurrido dicho plazo, el Rector dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

4.2 El hecho de figurar en lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos

exigidos, cuestión que tendrán que acreditar en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 9.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo

5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición libre, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2 El programa de los ejercicios de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

6.2 El Tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que estime necesario. Asimismo, también podrá disponer la incorporación de funcionarios que colaboren en el desarrollo de los procesos de selección.

6.4 El Tribunal tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo («Diario Oficial de Galicia» de 1 de junio).

7. Calendario de las pruebas

7.1 El lugar y fecha del comienzo de los ejercicios será hecho público en la Resolución Rectoral que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7.4 El orden de actuación de los aspirantes será el que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.

8. Lista de aprobados

8.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición el Tribunal calificador hará públicas, en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.

8.2 La lista con la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición.

8.3 El Tribunal hará pública, en la sede del Rectorado en La Coruña y del Vicerrectorado del Campus de Ferrol, la lista de los aspirantes que superaron el proceso selectivo, constituida por los opositores que hubiesen obtenido mayor puntuación en el mismo, de acuerdo con el sistema de puntuación previsto en el anexo I. Estas listas serán confeccionadas según el orden de puntuación final alcanzada por cada aspirante, y en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas. Los opositores que no se encuentren incluidos en esta relación tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, único extremo acerca del que podrá el Tribunal certificar.

8.4 El Tribunal elevará al Rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, en la que se especificarán, además, las calificaciones de las fases de concurso y de oposición, con propuesta de que se extienda a su favor nombramiento de funcionarios de carrera.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

9.1 En el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al en que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en la Gerencia de la Universidad de La Coruña (rúa de la Maestranza, sin número) los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

d) Certificado de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma que acredite la condición legal de minusvalía, en su caso.

9.2 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala Auxiliar de la Universidad de La Coruña, mediante Resolución del Rectorado de la Universidad que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 2.

Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la Función Pública de Galicia; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), que aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado; el Decreto 95/1991, del 20 de marzo («Diario Oficial de Galicia» del 25); la Ley 30/1992, del 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre («Diario Oficial de Galicia» del 17), y las bases de esta convocatoria.

Artículo 3.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso ordinario contra los actos del Tribunal calificador ante el Rector de la Universidad de La Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.

La Coruña, 13 de febrero de 1996.-El Rector, José Luis Meilán Gil.

ANEXO I

Procedimiento de selección

Fase de oposición:

A) Ejercicios.-La fase de oposición constará de los tres ejercicios que se indican a continuación, salvo para los aspirantes por el turno de promoción interna, que estarán exentos de la realización del primer ejercicio.

Primer ejercicio: Consistirá en realización de un supuesto práctico elegido por el aspirante de entre seis propuestos por el Tribunal, dos por cada una de las materias de Gestión Universitaria, Gestión Económica y Gestión de Personal y que podrán incluir también cuestiones de procedimiento administrativo.

Segundo ejercicio: Constará de dos pruebas:

Primera prueba: Consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas tipo test, propuesto por el Tribunal, sobre el contenido de la totalidad del programa del anexo II.

Segunda prueba: Consistirá en la realización de una prueba de tratamiento de textos (sistema WP.5.1).

Tercer ejercicio: Consistirá en la traducción de dos textos propuestos por el Tribunal, uno del gallego al castellano y otro del castellano al gallego, sin diccionario.

B) Valoración y tiempo de realización de los ejercicios.-Todos los ejercicios son obligatorios, siendo eliminatorios los dos primeros.

El primer ejercicio será valorado de cero a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos.

Segundo ejercicio: La primera parte se valorará de cero a 20 puntos, puntuándose negativamente las respuestas incorrectas; la segunda parte se valorará de cero a 10 puntos. La nota final será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas pruebas, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de nueve puntos.

El tercer ejercicio se valorará de cero a tres puntos.

El tiempo de realización de cada uno de los ejercicios será establecido discrecionalmente por el Tribuna calificador.

En aquellos ejercicios en que para establecer la puntuación final sea preciso aportar por cada uno de los miembros del Tribunal su puntuación particular, dicha puntuación se obtendrá con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal, debiendo desecharse, a estos efectos, la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.

Fase de concurso:

Turno de promoción interna: Se valorarán los servicios prestados como funcionario de carrera en la Universidad de La Coruña, en cualquier Cuerpo o Escala del grupo E, a razón de 0,15 puntos por cada mes completo, hasta un máximo de 10 puntos.

Turno libre: Se valorarán los servicios prestados en la Universidad de La Coruña como Auxiliar administrativo, en régimen de contrato temporal o funcionario interino, a razón de 0,40 puntos por cada mes completo, hasta un máximo de 10 puntos.

Sistemas de puntuación: La puntuación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma total de todas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en los ejercicios de la fase de oposición.

En caso se empate en la puntuación final entre dos aspirantes, se dará preferencia al que tuviese una mayor puntuación en la fase de oposición y, de persistir el empate, al que obtuviese una puntuación superior en el primer ejercicio.

ANEXO II

Programa

1. Normas básicas y procedimiento

Tema 1. La Constitución Española. El Estatuto de Autonomía de Galicia. Los Estatutos de la Universidad de La Coruña.

Tema 2. El procedimiento administrativo: Las Administraciones Públicas y sus relaciones. Organos de las Administraciones Públicas: Principios generales y competencia. Organos colegiados. Abstención y recusación. Normas generales de la actividad de las Administraciones Públicas. Términos y plazos. Disposiciones y actos administrativos. Requisitos y eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 3. El procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción del expediente, participación de los interesados, finalización y ejecución. Revisión de los actos administrativos: Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Los recursos ordinario y de revisión.

Tema 4. La responsabilidad de las Administraciones Públicas: La responsabilidad patrimonial de la Administración. Exigencia de la responsabilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

2. Gestión de personal

Tema 1. El personal al servicio de las Universidades públicas: Personal docente: Cuerpos Docentes Universitarios y personal en régimen de contratación administrativa. Personal de Administración y Servicios: Personal funcionario y personal laboral.

Tema 2. El personal docente y el personal de Administración y Servicios: Creación de plazas. Procedimientos de selección y contratación. Sistemas de provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional.

Tema 3. Situaciones administrativas del personal funcionario. Servicio activo. Servicios especiales. Excedencias. Expectativa de destino. Suspensión de funciones. El Registro central de personal.

Tema 4. Régimen retributivo del personal docente y funcionario y laboral de Administración y Servicios: Conceptos retributivos. Alta en nómina. Afiliación y cotización.

3. Gestión económica

Tema 1. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos, sujetos, objeto, causa y forma. Formas de adjudicación de los contratos.

Tema 2. Contenido y efectos de los contratos administrativos: Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. Cumplimiento de los contratos administrativos. Resolución, rescisión y renuncia.

Tema 3. El presupuesto: Contenido y justificación. Principios presupuestarios. Legislación presupuestaria del Estado y Comunidad Autónoma de Galicia. Los presupuestos de las Universidades.

Tema 4. Modificaciones presupuestarias. Ejecución presupuestaria. El control presupuestario.

4. Gestión universitaria

Tema 1. El acceso a la Universidad: Pruebas de aptitud para acceso a las Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias. Otras vías de acceso.

Tema 2. Procedimientos de ingreso en centros universitarios con límite de plazas: Distrito único. Distrito compartido. Ingreso en centros sin límite de plazas. Traslados de expediente.

Tema 3. Estructura de los estudios universitarios: De primer ciclo. De primero y segundo ciclo. De sólo segundo ciclo. Estudios de doctorado y posgraduado.

Tema 4. Planes de estudio: Elaboración, aprobación y homologación. Duración y ordenación cíclica de las enseñanzas. Incorporación a segundos ciclos. Contenidos de los planes de estudio. Modificación de los planes de estudio.

Tema 5. Becas y ayudas al estudio: Clases. Requisitos de carácter económico y académico. Procedimiento. Otras ayudas. Programa Erasmus.

Tema 6. Obtención, expedición y homologación de títulos. Convalidación de estudios.

Tema 7. Transferencia de tecnología. Gestión de proyectos de investigación. Patentes.

Tema 8. Actividades culturales. Conferencias y congresos. Formas de organización por la Universidad. Actividades centralizadas y descentralizadas.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad de La Coruña.

Vocales: Don José María Pujalte Giménez, Gerente de la Universidad de La Coruña; don Víctor Manuel Cabrera Sánchez, Vicesecretario general de la Universidad, y don Silverio Díaz Vázquez, en representación sindical.

Secretario: Don Justiniano Rodríguez Soto, Jefe del Servicio de Personal de la Universidad.

Suplentes:

Presidente: Don José Eduardo López Pereira, Secretario general de la Universidad.

Vocales: Doña María Angeles Campos Rodríguez, Jefa del Servicio de Biblioteca y Archivo; don Juan Manuel Sánchez-Quinzá Torroja, Jefe del Servicio de Gestión Universitaria, y doña María José Gutiérrez Calvete, en representación sindical.

Secretario: Don Daniel Miguélez Costa, Jefe de la Sección de Selección y Formación de Personal.

(ANEXO IV OMITIDO)

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