En el recurso contencioso-administrativo número 256/93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Wilhelm Bott, GmbH y Co. Kg», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 5 de marzo de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 2 de septiembre de 1992, se ha dictado, con fecha 26 de abril de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso 256/1993 interpuesto por "Wilhelm Bott GmbH y Co. KG" contra los acuerdos de concesión del Registro de Marca 1.317.169, "LOTT" (gráfico), y a que se contrae la presente litis, los cuales anulamos por no ajustarse a derecho. Sin formular especial condena en costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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