Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial, del Departamento de Industria y Energía de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Tornell/Sac», con domicilio social en calle Cadaqués, 51, polígono industrial «La Llagosta», municipio de La Llagosta (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro de saco de papel, marca y modelo «Tornell/Sac», Dabeer sin imprimir, fabricado por «Tornell/Sac», en su instalación industrial ubicada en La Llagosta.
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la «Eic-Enicre, Eca, Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave 3103-H/028, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:
Homologar el tipo del citado producto, con la contraseña de inscripción J-198 y definir, por último, como características técnicas para cada marca/s y modelo/s registrado/s las que se indican a continuación:
Marca y modelo: «Tornell/Sac», Dabeer, sin imprimir.
Características:
Saco de papel multihoja resistente al agua.
Volumen: 45 litros.
Ancho: 550 milímetros.
Largo: 800 milímetros.
Fondo: 150 milímetros.
Tara: 0,360 kilogramos.
Espesor pared: Un milímetro.
Material: Cinco hojas de papel «kraft» natural 70 gramos/metro cuadrado y bolsa interior de plástico 55 x 120 galga 150.
Cierre: Mediante brida Unex plástica y cosido.
Código: 5M2.
Productos autorizados a transportar por carretera y ferrocarril (TPC-ADR y TPF-RID):
Materia sólida potencialmente peligrosa para el medio ambiente n.e.p. número NU:3077. Punto de fusión superior a 45 ºC; densidad máxima 0,6 kilogramo/litro.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31) sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con independiencia del mismo se habrá de cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 10 de noviembre de 1995.-El Director general, Albert Sabala i Durán.
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