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Documento BOE-A-1996-4697

Resolución de 24 de octubre de 1995, de la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía, de homologación e inscripción en el Registro de embalaje combinado, marca «Panreac Química, Sociedad Anónima», modelo CC-37, para el transporte de mercancías peligrosas, fabricado por «Mediterráneo Cartón/Reyde, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 29 de febrero de 1996, páginas 8066 a 8067 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-4697

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial, del Departamento de Industria y Energía, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Panreac Química, Sociedad Anónima», con domicilio social en Riera de Sant Cugat, 1, municipio de Montcada i Reixac (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro de embalaje combinado, marca «Panreac Química, Sociedad Anónima», modelo CC-37, fabricado por «Mediterráneo Cartón/Reyde, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Montcada i Reixac («Panreac Química, Sociedad Anónima»);

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la «EIC-ENICRE, ECA, Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave 3096-H/022, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

He resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción H-287 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca: «Panreac Química, Sociedad Anónima», modelo CC-37.

Características:

Embalaje combinado.

Embalaje (exterior):

Fabricante: Mediterráneo Cartón.

Medidas: 370 x 330 x 270 milímetros.

Caja 0201, código FEFCO (B1), cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Gramaje: Cartón de 799 gramos/metros cuadrados.

Composición: Kraft 130/paja, 140/paja, 140/kraft 130.

Tara: 666 gramos.

Envase:

Jerricán de plástico de polietileno de alta densidad.

Capacidad nominal: 5,38 l.

Espesor mínimo: 0,7 milímetros.

Medidas (milímetros): 180 x 162 x 241.

Cierre: Tapón 40-CX de plástico con disco de polexán y precinto de seguridad. Mensa P.L.

Código: 4G/Y.

Productos autorizados a transportar por carretera (TPC-ADR),

ferrocarril (TPF-RID), barco (IMO-IMDG), avión (IATA-OACI)

Para grupo de embalaje II (sustancias medianamente peligrosas).

Densidad relativa máxima 1,84 gramos/centímetro cúbico y cuya tensión de vapor a 50º sea inferior a 1,7 bars.

Según ADR-RID

Clase 3

Líquidos inflamables:

Número ONU: 1173. Apartado 3.ºb.

Número ONU: 1090. Apartado 3.ºb.

Número ONU: 1105. Apartado 31.ºc/3.ºb.

Número ONU: 1120. Apartado 31.ºc/3.ºb.

Número ONU: 1170. Apartado 31.ºc/3.ºb.

Número ONU: 1212. Apartado 31.ºc.

Número ONU: 1219. Apartado 3.ºb.

Número ONU: 1230. Apartado 17.ºb.

Número ONU: 1171. Apartado 31.ºc.

Número ONU: 1245. Apartado 3.ºb.

Número ONU: 1188. Apartado 31.ºc.

Número ONU: 1274. Apartado 3.ºb.

Número ONU: 1299. Apartado 31.ºc.

Número ONU: 2924. Apartado 22.º a 26.º

Número ONU: 1993. Apartado 1.º a 5.º

Número ONU: 1992. Apartado 11.º, 14.º a 18.º, 20.º b) y c).

Clase 5.1

Líquidos comburentes: Número ONU: 1908. Apartado: 4.ºc.

Clase 6.1

Líquidos tóxicos:

Número ONU: 1812. Apartado: 65.ºc.

Número ONU: 2369. Apartado: 13.ºc.

Número ONU: 2810. Apartado: Letras b) y c) 11.º a 24.º, 51.º a 55.º, 57.º a 61.º, 63.º a 66.º, 68.º

Clase 8

Líquidos corrosivos:

Número ONU: 2818. Apartado: 45.ºb.

Número ONU: 2790. Apartado: 32.ºc.

Número ONU: 2789. Apartado: 32.ºb.

Número ONU: 2829. Apartado: 32.ºc.

Número ONU: 2693. Apartado: 27.ºc.

Número ONU: 2672. Apartado: 43.ºc.

Número ONU: 2582. Apartado: 5.ºc.

Número ONU: 2491. Apartado: 54.ºc.

Número ONU: 2031. Apartado: 2.ºb.

Número ONU: 1790. Apartado: 6.º b) y c).

Número ONU: 1791. Apartado: 45.ºc.

Número ONU: 1760. Apartado: Letras b) y c) 1.º, 3.º, 5.º, 10.º, 11.º, 21.º, 23.º, 27.º, 32.º, 33.º, 36.º, 38.º, 39.º, 46.º, 51.º, 53.º a 55.º, 64.º, 66.º, 26.º

Número ONU: 2030. Apartado: 44.ºb.

Número ONU: 2014. Apartado: 62.ºb.

Número ONU: 1830. Apartado: 1.ºb.

Número ONU: 1940. Apartado: 32.ºb.

Número ONU: 1814. Apartado: 42.ºb.

Número ONU: 1824. Apartado: 42.ºb.

Número ONU: 1791. Apartado: 61.º b) y c).

Número ONU: 1789. Apartado: 5.ºb.

Número ONU: 1775. Apartado: 8.ºb.

Número ONU: 1805. Apartado: 11.ºc.

Número ONU: 1198. Apartado: 63.ºc.

Según IMO-IMDG

Clase 3

Líquidos inflamables:

Números ONU: 1198, 1299, 1090, 1993, 1992, 1105, 1120, 1170, 1173, 1230, 1245, 1274, 1219, 1212, 1171, 1188, 2924, 1986.

Clase 6.1

Líquidos tóxicos:

Números ONU: 1812, 2810, 2024, 2369.

Clase 8

Líquidos corrosivos:

Números ONU: 2818, 1940, 1830, 1824, 1908, 1814, 1805, 2693, 2031, 1791, 1790, 2030, 1789, 1775, 2582, 2491, 1760, 2829, 1719, 2672, 2789, 2790.

Según IATA-OACI

Clase 3

Líquidos inflamables:

Intrucciones de embalaje: 307, 309, 310.

Números ONU: 1090, 2924, 1993, 1992, 1105, 1986, 1120, 1170, 1173, 1230, 1245, 1274, 1219, 1212, 1171, 1188, 1299, 1198.

Clase 6.1

Líquidos tóxicos:

Instrucciones de embalaje 620, 618, 619.

Números ONU: 1812, 2810, 2024, 2369.

Clase 8

Líquidos corrosivos:

Intrucciones de embalaje 813, 820, 821.

Números ONU: 2818, 1814, 1824, 1908 (clorito sódico en solución con menos del 5 por 100 de cloro activo), 1805, 1791, 2582, 2491, 1760, 1719, 2829, 2672, 2693, 2209.

Para las sustancias o preparados correspondientes a los números ONU 1760, 1805, 1992, 1993, 2810 y 2924, se comprobarán los límites establecidos para la tensión de vapor a 50 ºC y la densidad para transporte posterior.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia del mismo, se habrá de cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 24 de octubre de 1995.-El Director general de Seguridad Industrial, Albert Sabala i Durán.

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