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Documento BOE-A-1996-27689

Orden de 15 de noviembre de 1996, de autorización a la entidad «Mapfre Automóviles Riesgos Especiales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», para el ejercicio de la actividad aseguradora privada en los ramos de accidentes, vehiculos terrestres (no ferroviarios), mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados), responsabilidad civil en vehiculos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista), todos ellos comprendidos en la denominación «Seguro del Automóvil» conforme a lo dispuesto en la letra B del número 1 de la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, así como en el ramo de Defensa jurídica, e inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 1996, páginas 36861 a 36862 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-27689

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Mapfre Automóviles Riesgos Especiales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», ha presentado, en la Dirección General de Seguros, solicitud de autorización para el ejercicio de la actividad aseguradora privada en los ramos de accidentes, vehículos terrestres (no ferroviarios), mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados), responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista) y Defensa jurídica, números 1, 3, 7, 10 y 17 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que la entidad «Mapfre Automóviles Riesgos Especiales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», cumple los requisitos establecidos en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:

Primero.-Autorizar conforme al artículo 6.5 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, a la entidad «Mapfre Automóviles Riesgos Especiales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», para el ejercicio de la actividad aseguradora privada, en los ramos de accidentes, vehículos terrestres (no ferroviarios), mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados), responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista), todos ellos comprendidos en la denominación «Seguro del Automóvil» conforme a lo dispuesto en la letra B del número 1 de la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, así como en el ramo de Defensa jurídica.

Segundo.-Inscribir, en consecuencia, a la entidad «Mapfre Automóviles Riesgos Especiales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras previsto en el artículo 74 de la precitada Ley 30/1995.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 15 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Sr. Director General de Seguros.

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