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Documento BOE-A-1996-27014

Resolución de 12 de noviembre de 1996, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de coordinador general de la Cooperación Española en Marruecos.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 1996, páginas 36263 a 36264 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1996-27014

TEXTO ORIGINAL

I. Características de la plaza y funciones

Concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, en base a lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, y de acuerdo con lo dispuesto en la circular de 12 de abril de 1993, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, se anuncia, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en Marruecos que será cubierta en régimen de contrato de alta dirección.

El Coordinador general de la Cooperación Española en Marruecos se integrará en el personal técnico de la Embajada de España y, con dependencia del Consejero Cultural y de Cooperación Técnica de la misma, realizará labores de apoyo y asistencia al desempeño por éste de las siguientes funciones:

a) En el ámbito de las actividades generales de la Oficina Técnica de Cooperación en Marruecos:

Ostentar la representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Dirección del personal de la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en Marruecos.

Gestión y administración de los recursos económicos de la Agencia destinados en Marruecos.

Gestión y administración de los recursos de otras instituciones españolas que ejecutan proyectos de cooperación en Marruecos.

Asegurar la coordinación de las actividades de la cooperación española con las del resto de los responsables de la representación de España en ese país bajo la dirección del jefe de la misma.

b) En el ámbito específico de la cooperación:

Gestión de los programas de cooperación.

Relación con las autoridades marroquíes y con instituciones contrapartes.

Preparación de las Comisiones Mixtas Hispano-Marroquíes de Cooperación Técnica.

Identificación, ejecución, seguimiento y control de los proyectos bilaterales de cooperación.

Elaboración de informes y memorias de los programas.

Detección de oportunidades para proyectos de coinversión y ofertas de bienes o servicios españoles generados por los proyectos de cooperación en vigor.

Prestar apoyo a instituciones españolas en el desarrollo de proyectos de cooperación en Marruecos.

II. Régimen de contratación

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, en el modelo utilizado por este organismo para los Coordinadores generales de la cooperación española.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Cooperación Internacional de 6 de mayo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 122, del 21).

Las retribuciones de la plazas serán las aprobadas, para la categoría de Coordinador general de la Cooperación mediante Resolución, de 28 de febrero de 1996, de la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado superior universitario.

f) Formación y experiencia en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

IV. Méritos específicos

a) Experiencia en gestión y dirección de equipos de trabajo.

b) Experiencia en dirección, seguimiento y control de proyectos de cooperación.

c) Conocimiento de la gestión de la Administración Pública Española.

d) Conocimiento de la legislación laboral y administrativa española.

e) Facilidad para las relaciones públicas e interinstitucionales.

f) Dominio del francés. Se valorarán conocimientos de inglés y árabe.

V. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae, dirigida al excelentísimo señor Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General, avenida Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid), citando expresamente «Plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en Marruecos», sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

VI. Valoración de méritos

La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión formada por el Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, o en quien delegue, que la presidirá; el Vicesecretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, o en quien delegue, que actuará como Secretaria de la Comisión; un Vocal miembro del citado instituto y un Vocal miembro del Gabinete Técnico de la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Institucional.

La Comisión podrá citar, para la realización de entrevistas personales, a los candidatos que considere oportunos.

Terminados sus trabajos, la Comisión de valoración elevará una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá, disponiendo la contratación del candidato designado.

Madrid, 12 de noviembre de 1996.-P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), el Secretario general.-El Presidente, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación Iberoamericana, del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo; Director del Gabinete Técnico de la Secretaría General y Vicesecretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

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