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Documento BOE-A-1996-25713

Resolución de 28 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protocolo adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio 1996, al Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la financiación de proyectos de Intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 1996, páginas 35003 a 35004 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-25713

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias un protocolo adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio 1996, al Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano («Boletín Oficial del Estado» número 28, de 1 de febrero de 1996), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de octubre de 1996.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO

protocolo adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio 1996, al convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano

Madrid, 14 de octubre de 1996.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y, de otra parte, el excelentísimo señor Consejero de Servicios Sociales don Antonio Cueto Espinar, en representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

MANIFIESTAN

Que el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias suscribieron, en fecha 31 de agosto de 1995, Convenio para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano;

Que creado por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y establecida su estructura orgánica por Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, este Departamento asumió las competencias que hasta ese momento detentaba el Ministerio de Asuntos Sociales -Orden de 21 de mayo de 1996-, en materia de acción social y servicios sociales;

Que por lo expuesto, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sustituye al Ministerio de Asuntos Sociales como parte en el Convenio referenciado, que establecía en su cláusula octava la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes;

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio y correspondiente anexo, que se actualizarán cada año, con el fin de ajustarlas a las previsiones presupuestarias que se establezcan;

Que, una vez oídas las Comunidades Autónomas en la reunión de la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el 22 de enero de 1996, el Gobierno, por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 15 de marzo de 1996, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 12 de abril, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario 27.03.313L.453 Plan de Desarrollo Gitano, para proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano;

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1996, procede instrumentarla a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y aprobada asimismo, a efectos de financiación conjunta.

En cumplimiento de lo establecido, ambas partes

ACUERDAN

Primero.-La incorporación como anexo al Convenio precitado en el primer párrafo del manifiesto, y para que formen parte integrante del mismo, de los proyectos seleccionados conjuntamente en el ejercicio 1996.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 27.03.313L.453 Plan de Desarrollo Gitano, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 16.500.000 pesetas.

La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a aportar la cantidad de 13.900.000 pesetas de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Segundo.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1996, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en anexo.

Tercero.-En lo posible, ambas Administraciones Públicas harán extensivos a años sucesivos los proyectos que cada año se determinen dentro del Plan de Desarrollo Gitano, en los términos establecidos al respecto en la cláusula octava del Convenio de 31 de agosto de 1995.

Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Javier Arenas Bocanegra.-Por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, el Consejero de Servicios Sociales, Antonio Cueto Espinar.

ANEXO

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Crédito 27.03.313L.453. Plan de Desarrollo Gitano. Año 1996

Núm.

Proy. /

Provincia /

Municipio y asentamiento /

Entidad /

Denominacion del proyecto / Núm.

benefi-

ciarios

(E: Esti-

mados) /

Finan.

Ministerio

T. y AA. SS. /

Finan. C. A.

y/o

CC. LL. /

Total

1 / Asturias. / Avilés. / Ayuntamiento de Avilés. / Plan de integración de minorías étnicas. / 868 / 6.080.590 / 4.975.030 / 11.055.620

Asentamiento chabolista/viviendas realojo. / 434

Asentamiento de Fuente Santos/Divina Pastora. / 94

Asentamiento Panavisa-Supercass-Reblinco-Viviendas. / 75

Asentamiento de Villalegre/Viviendas realojo. / 265

2 / Asturias. / Langreo. / Ayuntamiento de Langreo. / Proyecto de atención integral a la población gitana de Langreo. / 306 / 4.558.818 / 3.729.942 / 8.288.760

3 / Asturias. / Llanes. / Ayuntamiento de Llanes. / Plan de integración. / 137 / 1.410.148 / 1.353.757 / 2.763.905

4 / Asturias. / Ribera de Arriba. El Llosal, Ferreros. / Ayuntamiento de Ribera de Arriba. / Intervención comunitaria en el poblado gitano. / 205 / 3.040.296 / 2.487.514 / 5.527.810

5 / Asturias. / Siero. Lugones, Granda, Tiñana, Santa Marina, Hevia, La Carrera, San Matín de Anes, El Rayo, Villar. / Ayuntamiento de Siero. / Programa de desarrollo gitano. / 309 / 1.410.148 / 1.353.757 / 2.763.905

Total /

1.825 /

16.500.000 /

13.900.000 /

30.400.000

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