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Documento BOE-A-1996-24381

Resolución de 26 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se ordena la publicación de 118 Resoluciones otorgando certificados de aceptación de equipos y aparatos de telecomunicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 1996, páginas 33600 a 33655 (56 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1996-24381

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, sobre equipos y aparatos de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 1066/1989, en su artículo 15, apartado 4, número 2, establecía que la Administración de Telecomunicaciones expediría el oportuno certificado de aceptación, remitiéndolo al solicitante y publicando la oportuna Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Actualmente y una vez comunicadas a los solicitantes determinadas Resoluciones otorgando los correspondientes certificados, están pendientes de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» 118 Resoluciones, firmadas por el anterior Director general y de fechas precedentes al cambio de denominación del Ministerio.

Remitidas estas Resoluciones para su publicación, que no ha sido posible efectuar anteriormente por diversas razones, entre ellas la reestructuración del Departamento, se estima que por el tiempo transcurrido desde la supresión del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, procede que se dicte una nueva Resolución ordenando la publicación de las anteriores ya citadas.

En consecuencia, resuelvo ordenar la publicación de las 118 Resoluciones dictadas por esta Dirección General entre el 23 de enero y 18 de abril de 1996, otorgando certificados de aceptación de equipos y aparatos de telecomunicación, que figuran como anexo a esta Resolución.

Madrid, 26 de septiembre de 1996.-El Director general, Valentín Sanz Caja.

ANEXO QUE SE CITA

Resolución de 23 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al radioteléfono móvil VHF marca «Icom», modelo IC-V210T

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Icom Telecomunicaciones, Sociedad Limitada», con domicilio social en Sant Cugat del Vallés, carretera Gracia a Manresa, kilómetro 14,750, código postal 08190,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al radioteléfono móvil VHF marca «Icom», modelo ICV-210T, con la inscripción E 01 96 0001, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 23 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono móvil VHF.

Fabricado por: «Icom France», en Francia.

Marca: «Icom».

Modelo: IC-V210T.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio de 1986). /

con la inscripción / E / 01 96 0001 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 25 W.

Separación canales adyacentes: 12,5 kHz.

Modulación: Fase.

Banda utilizable: 148-160 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 23 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-20W

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Link Comunicaciones, con domicilio social en Barcelona, C7, La Vinya, 33 bis, código postal 08041,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-20W, con la inscripción E 01 96 0002, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisora de frecuencia modulada.

Fabricado por: «Link Comunicaciones, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Link».

Modelo: CSSC-20W.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 80/1993, de 22 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero). /

con la inscripción / E / 01 96 0002 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia nominal de salida: 20 W.

Banda de frecuencias: 87,5-108MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-40W

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Link Comunicaciones, con domicilio social en Barcelona, C7, La Vinya, 33 bis, código postal 08041,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-40W, con la inscripción E 01 96 0003, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisora de frecuencia modulada.

Fabricado por: «Link Comunicaciones», en España.

Marca: «Link».

Modelo: CSSC-40W.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 80/1993, de 22 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero). /

con la inscripción / E / 01 96 0003 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia nominal medida: 43 W.

Banda de frecuencias: 87,5-108MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-100W

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Link Comunicaciones, con domicilio social en Barcelona, C7, La Vinya, 33 bis, código postal 08041,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-100W, con la inscripción E 01 96 0004, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisora de frecuencia modulada.

Fabricado por: «Link Comunicaciones, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Link».

Modelo: CSSC-100W.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 80/1993, de 22 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero). /

con la inscripción / E / 01 96 0004 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia nominal de salida: 100 W.

Banda de frecuencias: 87,5-108MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-200W

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Link Comunicaciones, con domicilio social en Barcelona, C7, La Vinya, 33 bis, código postal 08041,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-200W, con la inscripción E 01 96 0005, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisora de frecuencia modulada.

Fabricado por: «Link Comunicaciones, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Link».

Modelo: CSSC-200W.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 80/1993, de 22 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero). /

con la inscripción / E / 01 96 0005 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia nominal de salida: 200 W.

Banda de frecuencias: 87,5-108MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-400W

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Link Comunicaciones, con domicilio social en Barcelona, C7, La Vinya, 33 bis, código postal 08041,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-400W, con la inscripción E 01 96 0006, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisora de frecuencia modulada.

Fabricado por: «Link Comunicaciones, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Link».

Modelo: CSSC-400W.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 80/1993, de 22 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero). /

con la inscripción / E / 01 96 0006 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia nominal de salida: 400 W.

Banda de frecuencias: 87,5-108MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 24 de enero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-600W

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Link Comunicaciones, con domicilio social en Barcelona, C7, La Vinya, 33 bis, código postal 08041,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la emisora de frecuencia modulada marca «Link», modelo CSSC-600W, con la inscripción E 01 96 0007, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisora de frecuencia modulada.

Fabricado por: «Link Comunicaciones, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Link».

Modelo: CSSC-600W.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 80/1993, de 22 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero). /

con la inscripción / E / 01 96 0007 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia nominal de salida: 668 W.

Banda de frecuencias: 87,5-108MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 24 de enero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 27 de febrero de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al adaptador para PC con acceso básico a RDSI marca «Telefónica», modelo Tarjeta SPC2

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Alcatel Standard Eléctrica, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Ramírez de Prado, 5 (edificio 5-5.ª), código postal 28045,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al adaptador para PC con acceso básico a RDSI, marca «Telefónica», modelo Tarjeta SPC2, con la inscripción E 97 96 0134, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 27 de febrero de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Adaptador para PC con acceso básico a RDSI.

Fabricado por: «Alcatel Standard Eléctrica, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Telefónica».

Modelo: Tarjeta SPC2.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 97 96 0134 /

y plazo de validez hasta el 31 de diciembre de 1997.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la decisión de la Comisión 94/797/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

El programa utilizado corresponde a la versión V.7.3 para la RDSI, y las placas a la versión V.3.1.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 27 de febrero de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 13 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al adaptador al emisor/receptor para red de área local (base) marca «Intermec», modelo Access Point 0100

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Intermec Internacional, con domicilio social en Nijmegen, Microweg 20,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al emisor/receptor para red de área local (base) marca «Intermec», modelo Access Point 0100, con la inscripción E 00 95 0867, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisor/receptor para red de área local (base).

Fabricado por: Intermec Corporate, en Estados Unidos.

Marca: «Intermec».

Modelo: Access Point 0100.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 95 0867 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2000.

Advertencia:

Potencia: 100 mW.

Banda: 2445-2475 MHz.

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 13 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al transmisor/receptor de baja potencia marca «Eurocom», modelo E-10

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Astec, Sociedad Anónima», con domicilio social en Alcobendas, Valportillo Primera, 10, código postal 28100,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al transmisor/receptor de baja potencia marca «Eurocom», modelo E-10, con la inscripción E 00 95 0894, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor/receptor de baja potencia.

Fabricado por: Standard Radio, en Japón.

Marca: «Eurocom».

Modelo: E-10.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 95 0894 /

y plazo de validez hasta el 31 de mayo del 2000.

Advertencia:

Potencia: mW.

Banda utilizable: 433,050-434,790 MHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 13 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al radioteléfono marino VHF marca «Nova Marine», modelo RT-55

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Equipos Navales Industriales, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Francisco Navacerrada, 10, código postal 28028,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al radioteléfono marino VHF marca «Nova Marine», modelo RT-55, con la inscripción E 00 96 0059, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono marino VHF.

Fabricado por: «Navico, Ltd.», en Reino Unido.

Marca: «Nova Marine».

Modelo: RT-55.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989, condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0059 /

y plazo de validez hasta el 31 de marzo del 2000.

Advertencia:

Este equipo es únicamente apto para su utilización en el servicio móvil marítimo en la banda de frecuencias de VHF.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 14 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz) marca «Mannesmann Kienzle», modelo VIP-1

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Técnicas de Homologación, Sociedad Limitada», con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana, 190, 3.º C, código postal 28046,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz) marca «Mannesmann Kienzle», modelo VIP-1, con la inscripción E 01 96 0083, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono celular portátil (900 MHz).

Fabricado por: «Telital, S. r. L.», en Italia.

Marca: «Mannesmann Kienzle».

Modelo: VIP-1.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 570/1992, de 29 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0083 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 14 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz) marca «Telital», modelo Viena

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Técnicas de Homologación, Sociedad Limitada», con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana, 190, 3.º C, código postal 28046,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz) marca «Telital», modelo Viena, con la inscripción E 01 96 0084, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono celular portátil (900 MHz).

Fabricado por: «Telital, S. r. L.», en Italia.

Marca: «Telital».

Modelo: Viena.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 570/1992, de 29 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0084 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 14 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al receptor para telemando marca «Fisher Price», modelo Circuito Radio Control

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Matel España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, Aribau, 202, código postal 08036,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al receptor para telemando marca «Fisher Price», modelo Circuito Radio Control, con la inscripción E 01 96 0119, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Receptor para telemando.

Fabricado por: «Ling Cheong Toys, Ltd.», en China.

Marca: «Fisher Price».

Modelo: Circuito Radio Control.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 2255/1994, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 1995). /

con la inscripción / E / 01 96 0119 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima:

Separación canales adyacentes: 10 kHz.

Modulación: MIC.

Frecuencias: 26,995/27,195 MHz (UN-4) y 40,665/40,695 MHz (UN-11).

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 14 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al trasmisor para telemando, marca «Fisher Price», modelo Circuito Radio Control

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Mattel España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, Aribau, 202, código postal 08036,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al trasmisor para telemando, marca «Fisher Price», modelo Circuito Radio Control, con la inscripción E 01 96 0120, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del

equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Trasmisor para telemando.

Fabricado por: «Lungcheong Toys, Ltd.», en China. Marca: «Fisher Price».

Modelo: Circuito Radio Control.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 2255/1994, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 1995). /

con la inscripción / E / 01 96 0120 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 0,2 mW.

Separación canales adyacentes: 10 kHz.

Modulación: MIC.

Frecuencias: 26,995/27,195 MHz (UN-4) y 40,665/40,695 MHz (UN-11).

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 14 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz), marca «Telital», modelo PV-130

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Técnicas de Homologación, Sociedad Limitada», con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana, 190, 3.º C, código postal 28046,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz), marca «Telital», modelo PV-130, con la inscripción E 01 96 0080, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono celular portátil (900 MHz).

Fabricado por: «Telital, S.r.L.», en Italia.

Marca: «Telital».

Modelo: PV-130.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 570/1992, de 29 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0080 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 14 de marzo de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz), marca «Telital», modelo Oslo

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Técnicas de Homologación, Sociedad Limitada», con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana, 190, 3.º C, código postal 28046,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al teléfono celular portátil (900 MHz), marca «Telital», modelo Oslo, con la inscripción E 01 96 0081, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono celular portátil (900 MHz).

Fabricado por: «Telital, S.r.L.», en Italia.

Marca: «Telital».

Modelo: Oslo.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 570/1992, 29 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0081 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema multilínea digital (acceso analógico), marca «Bosch», modelo Integral-3C

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Bosch Telecom, Sociedad Anónima», con domicilio social en Las Rozas, carretera de La Coruña, kilómetro 18,150, código postal 28230,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema multilínea digital (acceso analógico), marca «Bosch», modelo Integral-3C, con la inscripción E 01 96 0273, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema multilínea digital (acceso analógico).

Fabricado por: «Bosch Telenorma GmbH», en Alemania.

Marca: «Bosch».

Modelo: Integral-3C.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0273 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2030

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Cifra y Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Camino Hormigueras, 175, Euronaves, código postal 28031,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2030, con la inscripción E 01 96 0285, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking).

Fabricado por: «Tait Electronics, Ltd.», en Nueva Zelanda.

Marca: «Tait».

Modelo: T-2030.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio de 1986) y Orden de 30 de septiembre de 1993. /

con la inscripción / E / 01 96 0285 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 25 W.

Separación canales adyacentes: 12,5 kHz.

Modulación: Frecuencia.

Banda utilizable: 138-174/223-235/401-470 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2035

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Cifra y Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Camino Hormigueras, 175, Euronaves, código postal 28031,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2035, con la inscripción E 01 96 0286, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono móvil V/UHF (Trunking).

Fabricado por: «Tait Electronics, Ltd.», en Nueva Zelanda.

Marca: «Tait».

Modelo: T-2035.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio de 1986) y Orden de 30 de septiembre de 1993. /

con la inscripción / E / 01 96 0286 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 25 W.

Separación canales adyacentes: 12,5 kHz.

Modulación: Frecuencia.

Banda utilizable: 138-174/223-235/401-470 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2040

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Cifra y Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Camino Hormigueras, 175, Euronaves, código postal 28031,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2040, con la inscripción E 01 96 0287, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono móvil V/UHF (Trunking).

Fabricado por: «Tait Electronics, Ltd.», en Nueva Zelanda.

Marca: «Tait».

Modelo: T-2040.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio) y Orden de 30 de septiembre de 1993. /

con la inscripción / E / 01 96 0287 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 25 W.

Separación canales adyacentes: 12,5 kHz.

Modulación: Frecuencia.

Banda utilizable: 138-174/223-235/401-470 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2050

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Cifra y Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Camino Hormigueras, 175, Euronaves, código postal 28031,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil V/UHF (Trunking), marca «Tait», modelo T-2050, con la inscripción E 01 96 0288, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono móvil V/UHF (Trunking).

Fabricado por: «Tait Electronics, Ltd.», en Nueva Zelanda.

Marca: «Tait».

Modelo: T-2050.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio) y Orden de 30 de septiembre de 1993. /

con la inscripción / E / 01 96 0288 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 25 W.

Separación canales adyacentes: 12,5 kHz.

Modulación: Frecuencia.

Banda utilizable: 138-174/223-235/401-470 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo teléfono, marca «Northern Telecom», modelo Vanguard 150

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «SEDE Northern Telecom, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, avenida de las Dos Castillas, 33, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo teléfono, marca «Northern Telecom», modelo Vanguard 150, con la inscripción E 01 96 0289, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono.

Fabricado por: «Northern Telecom», en Reino Unido.

Marca: «Northern Telecom».

Modelo: Vanguard 150.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0289 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo teléfono, marca «Telyco», modelo Alevín

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Teleinformática y Comunicaciones, Sociedad Limitada», con domicilio social en Madrid, Raimundo Fernández Villaverde, 28, código postal 28003,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo teléfono, marca «Telyco», modelo Alevín, con la inscripción E 01 96 0290, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono.

Fabricado por: «Shenzhen Rainbow Electronics», en China.

Marca: «Telyco».

Modelo: Alevín.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0290 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo teléfono de pago, marca «Telefónica», modelo TMI

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Amper Electrónica Aragonesa, Sociedad Anónima», con domicilio social en Zaragoza, polígono industrial «Malpica», calle D, número 98, código postal 50057,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo teléfono de pago, marca «Telefónica», modelo TMI, con la inscripción E 01 96 0291, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono de pago.

Fabricado por: «Amper Elasa», en España.

Marca: «Telefónica».

Modelo: TMI.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre) y artículo 7.2 del Real Decreto 1647/1994, de 22 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 7 de septiembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0291 /

y plazo de validez hasta el 31 de marzo del 2001.

Advertencia:

Este equipo utiliza para el cómputo de la tarificación la señalización procedente de la Red Telefónica.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interfaz télex, marca «Telindus», modelo Distel-4100

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Telindus España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, vía de las Dos Castillas, 33, ática, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interfaz télex, marca «Telindus», modelo Distel-4100, con la inscripción E 01 96 0292, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interfaz télex.

Fabricado por: «Hugh Pushman Associates», en Reino Unido.

Marca: «Telindus».

Modelo: Distel-4100.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 720/1991, de 22 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo). /

con la inscripción / E / 01 96 0292 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interfaz télex, marca «Telindus», modelo Distel-4300

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Telindus España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, vía de las Dos Castillas, 33, ática, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interfaz télex, marca «Telindus», modelo Distel-4300, con la inscripción E 01 96 0293, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interfaz télex.

Fabricado por: «Hugh Pushman Associates», en Reino Unido.

Marca: «Telindus».

Modelo: Distel-4300.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 720/1991, de 22 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo). /

con la inscripción / E / 01 96 0293 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal específico, marca «Philips», modelo Sopho-Supervisor 30

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal específico, marca «Philips», modelo Sopho-Set Executive, con la inscripción E 01 96 0294, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal específico.

Fabricado por: «Philips Communication Systems B. V.», en Holanda.

Marca: «Philips».

Modelo: Sopho-Supervisor 30.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0294 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Este equipo es terminal específico de las centralitas Sopho-S.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal específico, marca «Philips», modelo Sopho-Set Executive

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal específico, marca «Philips», modelo Sopho-Set Executive, con la inscripción E 01 96 0295, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal específico.

Fabricado por: «Philips Communication Systems B. V.», en Holanda.

Marca: «Philips».

Modelo: Sopho-Set Executive.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0295 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Este equipo es terminal específico de las centralitas Sopho-S.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal específico marca «Philips», modelo Sopho-Set Compact

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal específico marca «Philips», modelo Sopho-Set Compact, con la inscripción E 01 96 0296, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores,

Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal específico.

Fabricado por: «Philips Communication Systems, B. V.», en Holanda.

Marca: «Philips».

Modelo: Sopho-Set Compact.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0296 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Este equipo es terminal específico de las centralitas Sopho-S.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal específico marca «Philips», modelo Sopho-Set Prestige

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal específico marca «Philips», modelo Sopho-Set Prestige, con la inscripción E 01 96 0297, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal específico.

Fabricado por: «Philips Communication Systems, B. V.», en Holanda.

Marca: «Philips».

Modelo: Sopho-Set Prestige.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0297 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Este equipo es terminal específico de las centralitas Sopho-S.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal específico marca «Philips», modelo Sopho-Set Accent

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal específico marca «Philips», modelo Sopho-Set Accent, con la inscripción E 01 96 0298, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal específico.

Fabricado por: «Philips Communication Systems, B. V.», en Holanda.

Marca: «Philips».

Modelo: Sopho-Set Accent.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0298 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Este equipo es terminal específico de las centralitas Sopho-S.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor para telemando marca «Lucas», modelo 3TXB

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Lucas Automotive, Sociedad Anónima», con domicilio social en Sant Cugat del Vallés, carretera de Cerdanyola, sin número, código postal 08190,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor para telemando marca «Lucas», modelo 3TXB, con la inscripción E 01 96 0299, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor para telemando.

Fabricado por: «Lucas Automotive, Ltd.», en el Reino Unido.

Marca: «Lucas».

Modelo: 3TXB.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0299 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 mW.

Banda utilizable: 433,050-434,790 mHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Nippondenso Manufact. Barcelona, Sociedad Anónima», con domicilio social en Sant Fruitos de Bages, calle Sakura, 1, polígono industrial «Pla Santa Anna», código postal 08272,

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor para telemando.

Fabricado por: «Nippondenso Co., Ltd.», en Japón.

Modelo: 1512F.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0300 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 mW.

Banda utilizable: 433,050-434,790 mHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Nippondenso Manufact. Barcelona, Sociedad Anónima», con domicilio social en Sant Fruitos de Bages, calle Sakura, 1, polígono industrial «Pla Santa Anna», código postal 08272,

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Receptor para telemando.

Fabricado por: «Nippondenso Co., Ltd.», en Japón.

Modelo: 1513F.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0301 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Banda utilizable: 433,050-434,790 mHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor para telemando marca «Remote Keyless Entry», modelo 851156

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «TRW Carr España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Arganda del Rey, carretera nacional III, kilómetro 24,300, código postal 28500,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor para telemando marca Remote Keyless Entry, modelo 851156, con la inscripción E 01 96 0303, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor para telemando.

Fabricado por: «TRW Module Systems», en Francia.

Marca: «Remote Keyless Entry».

Modelo: 851156.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0303 /

y plazo de validez hasta el 31 de enero del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima R 1 mW.

Banda utilizable: 433,92 mHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transceptor para telemedida marca «Imasde», modelo TRD415

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Imasde Canarias, Socieda Anónima», con domicilio social en Las Palmas, Doctor Juan Rodríguez Pérez, 39, código postal 35008,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transceptor para telemedida marca «Imasde», modelo TRD 415, con la inscripción E 01 96 0305, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transceptor para telemedida.

Fabricado por: «Imasde Canarias, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Imasde».

Modelo: TRD415.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0305 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 2 W.

Modulación: FSK.

Banda utilizable: 415,300/415,800 mHz.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI marca «Ericsson», modelo MD110/Wall-Mounted

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI marca «Ericsson», modelo MD110/Wall-Mounted, con la inscripción E 98 95 0138, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD110/Wall-Mounted.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0138 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/20

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/20, , con la inscripción E 98 95 0148, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/20.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0148 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/90

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/90, con la inscripción E 98 95 0149, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/90.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0149 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/10

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/10, con la inscripción E 98 95 0150, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/10.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0150 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/50

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/50, con la inscripción E 98 95 0151, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/50.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0151 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/Wall-Mounted

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/Wall-Mounted, con la inscripción E 98 95 0152, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MMD-110/Wall-Mounted.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0152 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/Stakable

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, número 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Ericsson», modelo MD-110/Stakable, con la inscripción E 98 95 0162, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/Stakable.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0162 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1 (Opción-11)

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «SEDE Northern Telecom, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, avenida de las Dos Castillas, 33, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1 (Opción-11), con la inscripción E 98 95 0332, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Northern Telecom», en Irlanda.

Marca: «Northern Telecom».

Modelo: Meridian-1 (Opción-11).

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0332 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1 (Opción-11)

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «SEDE Northern Telecom, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, avenida de las Dos Castillas, 33, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI, marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1 (Opción-11), con la inscripción E 98 95 0336, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Northern Telecom», en Irlanda.

Marca: «Northern Telecom».

Modelo: Meridian-1 (Opción-11).

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989, Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0336 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/796/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalente a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «SEDE Northern Telecom, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, avenida de las Dos Castillas, 33, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI, marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1, con la inscripción E 98 95 0337, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: «Northern Telecom», en Irlanda.

Marca: «Northern Telecom».

Modelo: Meridian-1.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0337 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE, relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso primario. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalente a NET-5.)

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con contestador marca «Olivetti», modelo OFX 1200

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Olivetti España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, ronda Universidad, número 18, código postal 08007,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con contestador marca «Olivetti», modelo OFX 1200, con la inscripción E 01 96 0261, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con contestador.

Fabricado por: «Kinpo Electronics», en Taiwan.

Marca: «Olivetti».

Modelo: OFX 1200.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Reales Decretos 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), y 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0261 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador marca «Samsung», modelo SF-100

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Samsung Electr. Comer. Ibérica, Sociedad Anónima», con domicilio social en Palau Plegam, vía Augusta, parcela 103, código postal 08184,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador marca «Samsung», modelo SF-100, con la inscripción E 01 96 0262, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador.

Fabricado por: «Samsung Electronics Co., Ltd.», en Corea.

Marca: «Samsung».

Modelo: SF-100.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Reales Decretos 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), y 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0262 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador marca «Samsung», modelo SF-1600

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Samsung Electr. Comer. Ibérica, Sociedad Anónima», con domicilio social en Palau Plegam, vía Augusta, parcela 103, código postal 08184,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador marca «Samsung», modelo SF-1600, con la inscripción E 01 96 0263, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador.

Fabricado por: «Samsung Electronics Co., Ltd.», en Corea.

Marca: «Samsung».

Modelo: SF-1600.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Reales Decretos 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), y 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0263 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con tetéfono y discriminador marca «Samsung», modelo SF-600

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Samsung Electr. Comer. Ibérica, Sociedad Anónima», con domicilio social en Palau Plegam, vía Augusta, parcela 103, código postal 08184,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador marca «Samsung», modelo SF-600, con la inscripción E 01 96 0264, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador.

Fabricado por: «Samsung Electronics Co., Ltd.», en Corea.

Marca: «Samsung».

Modelo: SF-600.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Reales Decretos 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), y 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0264 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo modem para RTC marca «Philips», modelo Sematrans 256 (V. Display)

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo modem para RTC marca «Philips», modelo Sematrans 256 (V. Display), con la inscripción E 01 96 0267, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Modem para RTC.

Fabricado por: «TRT» en Francia.

Marca: «Philips».

Modelo: Sematrans 256 (V. Display).

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1051/1995, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 19 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0267 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001. Advertencia:

No se garantiza la interoperabilidad de este equipo ni con los del mismo tipo ni con cualquier otro que pueda conectarse a la red telefónica conmutada.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo modem para RTC marca «Philips», modelo Sematrans 256

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo modem para RTC marca «Philips», modelo Sematrans 256, con la inscripción E 01 96 0268, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Modem para RTC.

Fabricado por: «TRT» en Francia.

Marca: «Philips».

Modelo: Sematrans 256.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1051/1995, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 19 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0268 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

No se garantiza la interoperabilidad de este equipo ni con los del mismo tipo ni con cualquier otro que pueda conectarse a la red telefónica conmutada.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo modem interno para RTC marca «Philips», modelo Sematrans 256

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Philips Telecomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Martínez Villergas, 2, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo modem interno para RTC marca «Philips», modelo Sematrans 256, con la inscripción E 01 96 0269, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Modem interno para RTC.

Fabricado por: «TRT» en Francia.

Marca: «Philips».

Modelo: Sematrans 256.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1051/1995, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 19 de julio). /

con la inscripción / E / 01 96 0269 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

No se garantiza la interoperabilidad de este equipo ni con los del mismo tipo ni con cualquier otro que pueda conectarse a la red telefónica conmutada.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita privada digital (acceso analógico) marca «Alcatel», modelo 4400M1

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Alcatel Ibertel, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola, 4, edificio «D2», código postal 28016,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita privada digital (acceso analógico) marca «Alcatel», modelo 4400M1, con la inscripción E 01 96 0270, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita privada digital (acceso analógico).

Fabricado por: «Alcatel Business Systems», en Francia.

Marca: «Alcatel».

Modelo: 4400M1.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0270 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita privada digital (acceso analógico) marca «Alcatel», modelo 4400M2

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Alcatel Ibertel, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola, 4, edificio «D2», código postal 28016,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita privada digital (acceso analógico) marca «Alcatel», modelo 4400M2, con la inscripción E 01 96 0271, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita privada digital (acceso analógico).

Fabricado por: «Alcatel Business Systems», en Francia.

Marca: «Alcatel».

Modelo: 4400M2.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0271 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita privada digital (acceso analógico) marca «Alcatel», modelo 4400M3

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Alcatel Ibertel, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola, 4, edificio «D2», código postal 28016,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita privada digital (acceso analógico) marca «Alcatel», modelo 4400M3, con la inscripción E 01 96 0272, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita privada digital (acceso analógico).

Fabricado por: «Alcatel Business Systems», en Francia.

Marca: «Alcatel».

Modelo: 4400M3.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 01 96 0272 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono portátil UHF marca «Maxon», modelo SL400-U2

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Maxon Iberia, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Tomás Bretón, 7, código postal 28045,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono portátil UHF marca «Maxon», modelo SL400-U2, con la inscripción E 00 96 0284, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono portátil UHF.

Fabricado por: «Maxon Electronics Ltd.», en Corea.

Marca: «Maxon».

Modelo: SL400-U2.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 31 de mayo de 1989 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio). /

con la inscripción / E / 00 96 0284 /

y plazo de validez hasta el 30 de noviembre del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 5 W.

Separación canales adyacentes: 12,5/25 kHz.

Modulación: Frecuencia.

Banda utilizable: 440-470 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo receptor para telemando marca «Remote Keyless Entry», modelo V40RKE

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «TRW Carr España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Arganda del Rey, carretera nacional III, kilómetro 24,300, código postal 28500,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo receptor para telemnando marca «Remote Keyless Entry», modelo V40RKE, con la inscripción E 00 96 0304, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Receptor para telemnando.

Fabricado por: «TRW Module Systems», en Francia.

Marca: «Remote Keyless Entry».

Modelo: V40RKE.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0304 /

y plazo de validez hasta el 31 de diciembre del 2000.

Advertencia:

Banda utilizable: 433,92 MHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal VSAT bidireccional en banda KU marca «Hughes», modelo PES-6000

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Telefónica Sistemas de Satel., Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Ramírez de Arellano, 19, 4.ª, código postal 28043,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal VSAT bidireccional en banda KU marca «Hughes», modelo PES-6000, con la inscripción E 00 96 0307, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal VSAT bidireccional en banda KU.

Fabricado por: «Hughes Network Systems, Inc.», en Estados Unidos.

Marca: «Hughes».

Modelo: PES-6000.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0307 /

y plazo de validez hasta el 31 de marzo del 2000.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo de altavoces inalámbricos marca «Hobby», modelo CE1901/Hobby Plus

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Adn International, con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces inalámbricos marca «Hobby», modelo CE1901/Hobby Plus, con la inscripción E 01 96 0243, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de altavoces inalámbricos.

Fabricado por: «Haedong System Corp.», en Corea.

Marca: «Hobby».

Modelo: CE1901/Hobby Plus.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0243 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 uW.

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor y altavoces.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo emisor/receptor para nursería marca «Tefal», modelo 91200

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tefal, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, Gran de Gracia, 226, código postal 08012,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo emisor/receptor para nursería marca «Tefal», modelo 91200, con la inscripción E 01 96 0245, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Emisor/receptor para nursería.

Fabricado por: «Tefal, Sociedad Anónima», en Francia.

Marca: «Tefal».

Modelo: 91200.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0245 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Frecuencia: 37,7 MHz (UN-82).

Separación canales adyacentes: 25 kHz.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «SNT Atlas Elektronik», modelo SP-1600B

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Equipos Navales Industriales, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Francisco Navacerrada, 10, código postal 28028,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «SNT Atlas Elektronik», modelo SP-1600B, con la inscripción E 01 96 0246, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M).

Fabricado por: «SNT Atlas Elektronik», en Alemania 6AE002.

Marca: «SNT Atlas Elektronik».

Modelo: SP-1600B.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0246 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «SNT Atlas Elektronik», modelo SP-1600T

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Equipos Navales Industriales, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Francisco Navacerrada, 10, código postal 28028,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «SNT Atlas Elektronik», modelo SP-1600T, con la inscripción E 01 96 0247, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M).

Fabricado por: «SNT Atlas Elektronik», en Alemania 6AE002.

Marca: «SNT Atlas Elektronik».

Modelo: SP-1600T.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0247 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «SNT Atlas Elektronik», modelo SP-1600M

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Equipos Navales Industriales, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Francisco Navacerrada, 10, código postal 28028,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «SNT Atlas Elektronik», modelo SP-1600M, con la inscripción E 01 96 0248, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M).

Fabricado por: «SNT Atlas Elektronik», en Alemania 6AE002.

Marca: «SNT Atlas Elektronik».

Modelo: SP-1600M.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0248 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «Scientific Atlanta», modelo 9826A Terrastar-M

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Equipos y Sistemas, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Apolonio Morales, 13, B, código postal 28036,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «Scientific Atlanta», modelo 9826A Terrastar-M, con la inscripción E 01 96 0249, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M).

Fabricado por: «Scientific Atlanta, Inc.», en Estados Unidos.

Marca: «Scientific Atlanta».

Modelo: 9826A Terrastar-M.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0249 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «Hagenuk», modelo SP-1600M

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Radio Marítima Internacional, Sociedad Anónima», con domicilio social en polígono industrial de Alcobendas, calle La Granja, 3, código postal 28100,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M) marca «Hagenuk», modelo SP-1600M, con la inscripción E 01 96 0250, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de comunicaciones por satélite (Inmarsat M).

Fabricado por: «Hagenuk GmbH», en Alemania.

Marca: «Hagenuk».

Modelo: SP-1600M.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0250 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbrico marca «Elveco», modelo HS-36

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Lingüistic Electronic System, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Ruiz de Alarcón, 7,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbrico marca «Elveco», modelo HS-36, con la inscripción E 00 96 0244, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de auriculares inalámbrico.

Fabricado por: «New World Sound Enterprise Co., Ltd.», en Taiwán.

Marca: «Elveco».

Modelo: HS-36.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0244 /

y plazo de validez hasta el 31 de julio del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Frecuencia: 37,7 MHz (UN-82).

Separación canales adyacentes: 25 kHz.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo teléfono sin cordón marca «Telefónica», modelo Brisa Contesta

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Alcatel Citesa, Sociedad Anónima», con domicilio social en Campanillas, avenida Juan López Peñalver, parcela P2A, código postal 29590,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo teléfono sin cordón marca «Telefónica», modelo Brisa Contesta, con la inscripción E 00 96 0265, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono sin cordón.

Fabricado por: «Team Concepts», en China.

Marca: «Telefónica».

Modelo: Brisa Contesta.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 116/1990, de 26 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 2 de febrero). /

con la inscripción / E / 00 96 0265 /

y plazo de validez hasta el 30 de junio del 2000.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo teléfono sin cordón marca «MX Onda», modelo MX-TF51N

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de IECSA (Ingeniería Elect. Consumo), con domicilio social en Madrid, calle Isla de Java, número 37, código postal 28034,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo teléfono sin cordón marca «MX Onda», modelo MX-TF51N, con la inscripción E 00 96 0266, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Teléfono sin cordón.

Fabricado por: «Woojin», en Corea.

Marca: «MX Onda».

Modelo: MX-TF51N.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 116/1990, de 26 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 2 de febrero). /

con la inscripción / E / 00 96 0266 /

y plazo de validez hasta el 30 de octubre del 2000.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita analógica marca «Logiphone», modelo LT-206

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Logiphone Telecom, Sociedad Limitada», con domicilio social en Málaga, calle Malpica, 11, 1.º, código postal 29002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita analógica marca «Logiphone», modelo LT-206, con la inscripción E 00 96 0274, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita analógica.

Fabricado por: «Logiphone Telecommunications, Ltd.», en Israel.

Marca: «Logiphone».

Modelo: LT-206.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1562/1992, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 1993). /

con la inscripción / E / 00 96 0274 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2000.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ) marca «Digital», modelo Deir A 2400 FH

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Digital Equipment Corp. España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Cerro del Castañar, 72, código postal 28034,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ) marca «Digital», modelo Deir A 2400 FH, con la inscripción E 00 96 0275, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ).

Fabricado por: «Proxim Incorporated», en Estados Unidos.

Marca: «Digital».

Modelo: Deir A 2400 FH.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0275 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Banda utilizable: 2,445-2,475 MHz.

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ) marca «Digital», modelo Deir B 2400 FH

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Digital Equipment Corp. España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Cerro del Castañar, 72, código postal 28034,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ) marca «Digital», modelo Deir B 2400 FH, con la inscripción E 00 96 0276, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ).

Fabricado por: «Proxim Incorporated», en Estados Unidos.

Marca: «Digital».

Modelo: Deir B 2400 FH.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0276 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Banda utilizable: 2,445-2,475 MHz.

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ) marca «IBM», modelo 2480-E00-025

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «IBM España», con domicilio social en Madrid, calle Santa Hortensia, 26-28, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ) marca «IBM», modelo 2480-E00-025, con la inscripción E 00 96 0277, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor-receptor de datos (2,4 GHZ).

Fabricado por: «Aironet», en Estados Unidos.

Marca: «IBM».

Modelo: 2480-E00-025.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0277 /

y plazo de validez hasta el 30 de junio del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Banda utilizable: 2,445-2,475 GHz (UN-85).

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre

compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos, marca «IBM», modelo 2480-ZZZ-5265-025

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «IBM, España», con domicilio social en Madrid, calle Santa Hortensia, 26-28, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos, marca «I. B. M.», modelo 2480-ZZZ-5265-025, con la inscripción E 00 96 0278, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor/receptor de datos.

Fabricado por: «Aironet», en Estados Unidos.

Marca: «I. B. M.».

Modelo: 2480-ZZZ-5265-025.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989, condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0278 /

y plazo de validez hasta el 30 de junio del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Banda utilizable: 2,445-2,475 GHz (UN-85).

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos, marca «IBM», modelo 2480-ZZZ-5250-025

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «IBM», con domicilio social en Madrid, calle Santa Hortensia, 26-28, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor-receptor de datos, marca «I. B. M.», modelo 2480-ZZZ-5250-025, con la inscripción E 00 96 0279, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor/receptor de datos.

Fabricado por: «Aironet», en Estados Unidos.

Marca: «I. B. M.».

Modelo: 2480-ZZZ-5250-025.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989, condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0279 /

y plazo de validez hasta el 31 de mayo del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 100 mW.

Banda utilizable: 2,445-2,475 GHz (UN-85).

Este equipo cumple la ETS 300 328.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono portátil VHF, marca «Maxon», modelo SL400-V2

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Maxon Iberia, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Tomás Bretón, 7, código postal 28045,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono portátil VHF, marca «Maxon», modelo SL400-V2, con la inscripción E 00 96 0283, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono portátil VHF.

Fabricado por: «Maxon Electronics, Ltd.», en Corea.

Marca: «Maxon».

Modelo: SL400-V2.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 31 de mayo de 1989 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio). /

con la inscripción / E / 00 96 0283 /

y plazo de validez hasta el 30 de noviembre del 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 5 W.

Separación canales adyacentes: 12,5/25 kHz.

Modulación: Frecuencia.

Banda utilizable: 148-174 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transceptor para telemedida, marca «Imasde», modelo TRD411

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Imasde Canarias, Sociedad Anónima», con domicilio social en Las Palmas, Dr. Juan Rodríguez Pérez, 39, código postal 35008,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transceptor para telemedida, marca «Imasde», modelo TRD411, con la inscripción E 01 96 0306, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transceptor para telemedida.

Fabricado por: «Imasde Canarias, Sociedad Anónima» en España.

Marca: «Imasde».

Modelo: TRD411.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 2255/1994, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 5 de enero de 1995). /

con la inscripción / E / 01 96 0306 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 2 W.

Separación canales adyacentes: 25 kHz.

Modulación: FSK.

Banda utilizable: 411,425/411,450 MHz.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interface X.21, marca «Martis», modelo XDM-244

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tellabs Southern Europe, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Aribau, 195-197, código postal 08021,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo infertafe X.21, marca «Martis», modelo XDM-244, con la inscripción E 97 96 0231, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interface X.21.

Fabricado por: «Martis OY», en Finlandia.

Marca: «Martis».

Modelo: XDM-244.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 97 96 0231 /

y plazo de validez hasta el 31 de julio de 1997.

Advertencia:

Este equipo cumple con la especificación NET-1, incorporado al nodo de comunicación digital marca «Martis», modelo DXX.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de videoconferencia para RDSI, marca «Sony», modelo PCS-P200P

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Sony España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, Sabino de Arana, 42-44, código postal 08028,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de videoconferencia para RDSI, marca «Sony», modelo PCS-P200P, con la inscripción E 98 94 0498, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de videoconferencia para RDSI.

Fabricado por: «Sony Broadcast Products Corporation», en Japón.

Marca: «Sony».

Modelo: PCS-P200P.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. /

con la inscripción / E / 98 94 0498 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «SEDE Northern Telecom, Sociedad Anónima», con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, avenida de las Dos Castillas, 33, código postal 28224,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Northern Telecom», modelo Meridian-1, con la inscripción E 98 94 0731, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Northern Telecom», en Irlanda.

Marca: «Northern Telecom».

Modelo: Meridian-1.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 94 0731 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Amper», modelo Ampercom D-64

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Amper Telemática, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Torrelaguna, 75, código postal 28027,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Amper», modelo Ampercom D-64, con la inscripción E 98 95 0129, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Amper Telemática, Sociedad Anónima» en España.

Marca: «Amper».

Modelo: Ampercom D-64.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0129 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/Stakable

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/Stakable, con la inscripción E 98 95 0133, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/Stakable.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0133 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso basico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/20

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/20, con la inscripción E 98 95 0134, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/20.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0134 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso basico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/90

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/90, con la inscripción E 98 95 0135, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/90.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0135 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso basico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/10

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson Comunic. de Empresa, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, 108, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/10, con la inscripción E 98 95 0136, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/10.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0136 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso basico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/50

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ericsson, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Príncipe de Vergara, 108, 5.ª planta, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Ericsson», modelo MD-110/50, con la inscripción E 98 95 0137, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: «Ericsson», en Suecia.

Marca: «Ericsson».

Modelo: MD-110/50.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 95 0137 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la Decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Gestetner», modelo 9763

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «NRG, Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Sant Cugat del Vallés, avenida Alcalde Barnils, sin número, código postal 08190,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Gestetner», modelo 9763, con la inscripción E 01 96 0251, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3.

Fabricado por: «Ricoh Co. Ltd», en Japón.

Marca: «Gestetner».

Modelo: 9763.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre. /

con la inscripción / E / 01 96 0251 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Nashuatec», modelo P394

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «NRG, Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Sant Cugat del Vallés, avenida Alcalde Barnils, sin número, código postal 08190,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Nashuatec», modelo P394, con la inscripción E 01 96 0252, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo

referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3.

Fabricado por: «Ricoh Co. Ltd», en Japón.

Marca: «Nashuatec».

Modelo: P394.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre. /

con la inscripción / E / 01 96 0252 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Toshiba», modelo TFP-100

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Toshiba Europa I.E. GMBH SC, España», con domicilio social en San Fernando de Henares, Parque Empresarial San Fernando, edificio Europa,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Toshiba», modelo TFP-100, con la inscripción E 01 96 0253, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3.

Fabricado por: «Tokyo Electric Co. Ltd.», en Malasia.

Marca: «Toshiba».

Modelo: TFP-100.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0253 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2000.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Toshiba», modelo TF-605

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Toshiba Europa I.E. GMBH SC. España», con domicilio social en San Fernando de Henares, Parque Empresarial San Fernando, edificio Europa,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Toshiba», modelo TF-605, con la inscripción E 01 96 0254, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3.

Fabricado por: «Tokyo Electric Co. Ltd.», en Malasia.

Marca: «Toshiba».

Modelo: TF-605.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0254 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Rex Rotary», modelo 6460

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «NRG Comunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Sant Cugat del Vallés, avenida Alcalde Barnils, sin número, código postal 08190,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3, marca «Rex Rotary», modelo 6460, con la inscripción E 01 96 0255, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3.

Fabricado por: «Ricoh Co. Ltd.», en Japón.

Marca: «Rex Rotary».

Modelo: 6460.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0255 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con discriminador, marca «Canon», modelo fax-B100

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Canon España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Joaquín Costa, 41, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con discriminador, marca «Canon», modelo fax-B100, con la inscripción E 01 96 0256, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con discriminador.

Fabricado por: «Canon», en Japón.

Marca: «Canon».

Modelo: Fax-B100.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre) y el Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0256 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con discriminador, marca «Canon», modelo Multipass 10

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Canon España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Joaquín Costa, 41, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con discriminador, marca «Canon», modelo Multipass 10, con la inscripción E 01 96 0257, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con discriminador.

Fabricado por: «Canon», en Japón.

Marca: «Canon».

Modelo: Multipass 10.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre) y el Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0257 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo facsímil G-3 con teléfono y discriminador, marca «DBTEL», modelo DBFAX-810

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «DNB Communication Corp. Ltd.», con domicilio social en Berkshire, Unit 8, Green Lane Indust. Estate, código postal RG193,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo facsímil G-3 con teléfono y discriminador, marca «DBTEL», modelo DBFAX-810, con la inscripción E 01 96 0258, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Facsímil G-3 con teléfono y discriminador.

Marca: «DBTEL».

Modelo: DBFAX-810.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre) y el Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0258 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo facsímil G-3 con teléfono y contestador, marca «DBTEL», modelo DBFAX-800

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «DNB Communication Corp. Ltd.», con domicilio social en Berkshire, Unit 8, Green Lane Indust. Estate, código postal RG193,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo facsímil G-3 con teléfono y contestador marca «DBTEL», modelo DBFAX-800, con la inscripción E 01 96 0259, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones, que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Facsímil G-3 con teléfono y contestador.

Marca: «DBTEL».

Modelo: DBFAX-800.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre) y el Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0259 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador, marca «Olivetti», modelo OFX-4200

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Oki Systems (España), Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Goya, 9, código postal 28001,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador, marca «Olivetti», modelo OFX-4200, con la inscripción E 01 96 0260, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal facsímil G-3 con teléfono y discriminador.

Fabricado por: «Oki Data Corporation», en Japón.

Marca: «Olivetti».

Modelo: OFX-4200.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre) y el Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» 15 de noviembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0260 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interface 2 Mbit/s (G.703) estructurado, marca «Martis», modelo GDH-403

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tellabs Suthern Europe, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Aribau, 195-197, código postal 08021,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interface 2 Mbit/s (G.703) estructurado, marca «Martis», modelo GDH-403, con la inscripción E 00 96 0233, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interface 2 Mbit/s (G.703) estructurado.

Fabricado por: «Martis OY», en Finlandia.

Marca: «Martis».

Modelo: GDH-403.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0233 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2000.

Advertencia:

Este equipo cumple con la especificación TBR12, con el nodo de comunicaciones marca «Martis» y modelo SBM2048M.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interface 2 Mbit/s (G.703) sin estructurar, marca «Martis», modelo GDH-403

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tellabs Suthern Europe, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Aribau, 195-197, código postal 08021,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interfase 2 Mbit/s (G.703) sin estructurar, marca «Martis», modelo GDH-403, con la inscripción E 00 96 0234, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interface 2 Mbit/s (G.703) sin estructurar.

Fabricado por: «Martis OY», en Finlandia.

Marca: «Martis».

Modelo: GDH-403.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0234 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2000.

Advertencia:

Este equipo cumple con la especificación TBR12, con el nodo de comunicaciones marca «Martis» y modelo SBM2048M.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo nodo de comunic. digital, marca «Martis», modelo SBM2048M

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tellabs Suthern Europe, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Aribau, 195-197, código postal 08021,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo nodo de comunic. digital, marca «Martis», modelo SBM2048M, con la inscripción E 00 96 0235, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Nodo de comunic. digital.

Fabricado por: «Martis OY», en Finlandia.

Marca: «Martis».

Modelo: SBM2048M.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0235 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2000.

Advertencia:

Este equipo cumple con la especificación prTBR13 y TBR12, para los interfaces marca «Martis» y modelo GDH-403.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interfaz G.703 para líneas alquiladas, marca «E1V Function Processor», modelo NTFP43AB

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de Tomás Pastor Gutiérrez, con domicilio social en Madrid, paseo de San Francisco de Sales, 44, P-10, código postal 28003,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interfaz G.703 para líneas alquiladas, marca «E1V Function Processor», modelo NTFP43AB, con la inscripción E 00 96 0236, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interfaz G.703 para líneas alquiladas.

Fabricado por: «Nortel Canadá Ltd.», en Canadá.

Marca: «E1V Function Processor».

Modelo: NTFP43AB.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0236 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero del 2000.

Advertencia:

Este equipo cumple con la especificación prTBR13, equipado en el multiplexor marca «Magellán», modelos Passport y Passport NTEP39.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbricos, marca «Hobby», modelo Hobby Mono

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «ADN International», con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbricos, marca «Hobby», modelo Hobby Mono, con la inscripción E 00 96 0237, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de auriculares inalámbricos.

Fabricado por: «Alford Industries Limited», en Hong Kong.

Marca: «Hobby».

Modelo: Hobby Mono.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0237 /

y plazo de validez hasta el 31 de julio del 2000.

Advertencia:

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Potencia máxima: 10 uW.

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor y auriculares.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces inalámbricos, marca «Hobby», modelo Hobby Mini

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «ADN International», con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces inalámbricos, marca «Hobby», modelo Hobby Mini, con la inscripción E 00 96 0238, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de altavoces inalámbricos.

Fabricado por: «Alford Industries Limited», en Hong Kong.

Marca: «Hobby».

Modelo: Hobby Mini.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0238 /

y plazo de validez hasta el 31 de agosto del 2000.

Advertencia:

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Potencia máxima: 10 uW.

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor y altavoces.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces y auriculares inalámbricos, marca «Hobby», modelo Hobby Multi

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «ADN International», con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces y auriculares inalámbricos, marca «Hobby», modelo Hobby Multi, con la inscripción E 00 96 0239, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite, por la Dirección General de Telecomunicaciones, el presente

certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de altavoces y auriculares inalámbricos.

Fabricado por: «Alford Industries Limited», en Hong Kong.

Marca: «Hobby».

Modelo: Hobby Multi.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0239 /

y plazo de validez hasta el 31 de agosto del 2000.

Advertencia:

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Potencia máxima: 10 uW.

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor, altavoces y auriculares.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbricos, marca «Hobby-2», modelo CE1901/Hobby-2

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de ADN International, con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbricos, marca «Hobby-2», modelo CE1901/Hobby-2, con la inscripción E 00 96 0240, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de auriculares inalámbricos.

Fabricado por: Haedong System Corp., en Corea.

Marca: «Hobby-2».

Modelo: CE1901/Hobby-2.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0240 /

y plazo de validez hasta el 31 de mayo de 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 uW.

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor y auriculares.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbricos, marca «Hobby», modelo CE1901/Hobby

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de ADN International, con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de auriculares inalámbricos, marca «Hobby», modelo CE1901/Hobby, con la inscripción E 00 96 0241, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de auriculares inalámbricos.

Fabricado por: Haedong System Corp., en Corea.

Marca: «Hobby».

Modelo: CE1901/Hobby.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0241 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero de 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 uW.

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor y auriculares.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces inalámbricos, marca «Hobby-S», modelo CE1901/CE1901S

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de ADN International, con domicilio social en Lognes, rue de la Maison Rouge, número 6, código postal 77185,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo sistema de altavoces inalámbricos, marca «Hobby-S», modelo CE1901/CE1901S, con la inscripción E 00 96 0242, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Sistema de altavoces inalámbricos.

Fabricado por: Haedong System Corp., en Corea.

Marca: «Hobby-S».

Modelo: CE1901/CE1901S.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 00 96 0242 /

y plazo de validez hasta el 28 de febrero de 2000.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 uW.

Frecuencia: 37,1 MHz (UN-80).

Este equipo cumple la I-ETS 300 220.

Este equipo se compone de transmisor y altavoces.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interface V.24/V.28, marca «Martis», modelo VDS-248

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tellabs Southern Europe, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Aribau, 195-197, código postal 08021,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interface V.24/V.28, marca «Martis», modelo VDS-248, con la inscripción E 98 96 0230, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interface V.24/V.28.

Fabricado por: Martis OY, en Finlandia.

Marca: «Martis».

Modelo: VDS-248.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 96 0230 /

y plazo de validez hasta el 31 de julio de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones NET-1, NET-2 y CCITT V.24, incorporado al nodo de comunicaciones digital marca «Martis», modelo DXX.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Telefónica», modelo Neris-8

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ascom Hasler, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, García de Paredes, 74, código postal 28010,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Telefónica», modelo Neris-8, con la inscripción E 98 96 0280, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: Ascom, en Suiza.

Marca: «Telefónica».

Modelo: Neris-8.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 96 0280 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Telefónica», modelo Neris-64S

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ascom Hasler, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, García de Paredes, 74, código postal 28010,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso básico RDSI, marca «Telefónica», modelo Neris-64S, con la inscripción E 98 96 0281, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso básico RDSI.

Fabricado por: Ascom, en Suiza.

Marca: «Telefónica».

Modelo: Neris-64S.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 96 0281 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 153 y UNE-ETS 300 104, equivalentes a NET-3).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI, marca «Telefónica», modelo Neris-64S

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Ascom Hasler, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, García de Paredes, 74, código postal 28010,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo centralita con acceso primario RDSI, marca «Telefónica», modelo Neris-64S, con la inscripción E 98 96 0282, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Centralita con acceso primario RDSI.

Fabricado por: Ascom, en Suiza.

Marca: «Telefónica».

Modelo: Neris-64S.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 96 0282 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 1998.

Advertencia:

Este equipo cumple las especificaciones técnicas contenidas en la decisión de la Comisión 94/797/CE relativa a una reglamentación técnica común para la red digital de servicios integrados (RDSI) paneuropea, acceso básico. (Alineada con UNE-ETS 300 156, equivalentes a NET-5).

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo transmisor para telemando, marca «Bosch», modelo RK 112

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Robert Bosch España, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, calle Hermanos García Noblejas, 19, código postal 28037,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo transmisor para telemando, marca «Bosch», modelo RK 112, con la inscripción E 98 96 0302, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Transmisor para telemando.

Fabricado por: Robert Bosch Pty. Ltd., en Australia.

Marca: «Bosch».

Modelo: RK 112.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 98 96 0302 /

y plazo de validez hasta el 30 de noviembre de 1998.

Advertencia:

Potencia máxima: 10 mW.

Banda utilizable: 433,050-434,790 MHz.

Este equipo cumple la UNE-I-ETS 300 220.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo interface 2 Mbit/s (G.703) estructurado, marca «Martis», modelo GDH-230

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tellabs Southern Europe, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Aribau, 195-197, código postal 08021,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo interface 2 Mbit/s (G.703) estructurado, marca «Martis», modelo GDH-230, con la inscripción E 99 96 0232, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Interface 2 Mbit/s (G.703) estructurado.

Fabricado por: Martis OY, en Finlandia.

Marca: «Martis».

Modelo: GDH-230.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 99 96 0232 /

y plazo de validez hasta el 30 de septiembre de 1999.

Advertencia:

Este equipo cumple la especificación por TBR13, incorporado al nodo de comunicación digital marca «Martis», modelo DXX.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 17 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo conmutador de paquetes X.25, marca «Teldat», modelo Nexus

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Teldat, Sociedad Anónima», con domicilio social en Tres Cantos, Parque Tecnológico de Madrid, código postal 28760,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo conmutador de paquetes X.25, marca «Teldat», modelo Nexus, con la inscripción E 99 96 0308, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Conmutador de paquetes X.25.

Fabricado por: «Teldat, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «Teldat».

Modelo: Nexus.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1649/1991, de 8 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 20) y anexos «Boletín Oficial del Estado» del 22. /

con la inscripción / E / 99 96 0308 /

y plazo de validez hasta el 31 de mayo de 1999.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 18 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo tarjeta facsímil G-3, marca «IBM», modelo 2664

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «IBM, España» con domicilio social en Madrid, Santa Hortensia, 26-28, código postal 28002,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo tarjeta facsímil G-3, marca «IBM», modelo 2664, con la inscripción E 01 96 0309, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Tarjeta facsímil G-3.

Fabricado por: IBM, en Italia.

Marca: «IBM».

Modelo: 2664.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» 12 de diciembre). /

con la inscripción / E / 01 96 0309 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 18 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal VSAT bidireccional en banda KU, marca «Comstream», modelo DT-7000 Earth Station

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Telefónica Sistemas de Satel, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Ramírez de Arellano, 19, 4.ª, código postal 28043,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal VSAT bidireccional en banda KU, marca «Comstream», modelo DT-7000 Earth Station, con la inscripción E 01 96 0310, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal VSAT bidireccional en banda KU.

Fabricado por: Comstream, en Estados Unidos.

Marca: «Comstream».

Modelo: DT-7000 Earth Station.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0310 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 18 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo terminal VSAT bidireccional en banda KU, marca «Misat», modelo RFT-2000

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Telefónica Sistemas de Satel, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Ramírez de Arellano, 19, 4.ª, código postal 28043,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo terminal VSAT bidireccional en banda KU, marca «Misat», modelo RFT-2000, con la inscripción E 01 96 0311, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Terminal VSAT bidireccional en banda KU.

Fabricado por: «Misat Ltd.», en Israel.

Marca: «Misat».

Modelo: RFT-2000.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989. Condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas. /

con la inscripción / E / 01 96 0311 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 2001.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

Resolución de 18 de abril de 1996, de la Dirección General de Telecomunicaciones, por la que se otorga el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil VHF, marca «AEG», modelo Telecar 9/160

Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «AEG Radiocomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, camino de Hormigueras, 146, código postal 28031,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al equipo radioteléfono móvil VHF, marca «AEG», modelo Telecar 9/160, con la inscripción E 01 90 0562, que se inserta como anexo a la presente Resolución.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.

Además, para la comercialización y puesta en servicio del equipo citado, se deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 310, del 28), sobre compatibilidad electromagnética, y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Certificado de aceptación

En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el

Equipo: Radioteléfono móvil VHF.

Fabricado por: «AEG Radiocomunicaciones, Sociedad Anónima», en España.

Marca: «AEG».

Modelo: Telecar 9/160.

por el cumplimiento de la normativa siguiente:

Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» 5 de junio de 1986). /

con la inscripción / E / 01 90 0562 /

y plazo de validez hasta el 30 de abril de 2001.

Advertencia:

Potencia máxima: 25 W.

Separación canales adyacentes: 25 kHz.

Modulación: Angular.

Banda utilizable: 146 a 174 MHz.

La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.

Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, expido el presente certificado, debiendo cumplirse el artículo 6 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, modificado por el Real Decreto 1950/1995, de 1 de diciembre, sobre compatibilidad electromagnética y demás disposiciones que sean de aplicación al equipo referenciado.

Madrid, 18 de abril de 1996.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez lllera.

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