La Sala de lo Contencioso-Administrativa de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia, con fecha 22 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 2025/94, en el que son partes, de una, como demandante, don Manuel Caro Cabellero, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 21 de julio de 1994, sobre reingreso al servicio activo.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Desestimar el recurso interpuesto por don Manuel Caro Caballero, contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 21 de julio de 1994, que denegó al actor el reingreso activo en cualquier Ministerio, en Huelva, que había solicitado; sin costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 11 de octubre de 1996.-El Ministro de Administraciones Públicas.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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