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Documento BOE-A-1996-21977

Resolución de 6 de septiembre de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 321.071, interpuesto por don Raúl López Causín.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 4 de octubre de 1996, páginas 29789 a 29789 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-21977

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 8 de octubre de 1993 en el recurso contencioso-administrativo número 321.071, interpuesto por don Raúl López Causín, contra la Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda de 16 de julio de 1990, que desestimó el recurso de reposición planteado por el interesado contra la Orden de 20 de febrero de 1990, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo convocado por otra de 23 de agosto de 1989, respecto a los puestos números 539, 541 y 545.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Estimamos, en parte, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Raúl López Causín, contra la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de 16 de julio de 1990, que desestimó el recurso de reposición contra la Orden de dicho Ministerio de 20 de febrero de 1990, que resolvió el concurso convocado por la Orden de 23 de agosto de 1989, anulando dichos actos, por contrarios al ordenamiento jurídico, con el siguiente alcance: Declaramos el derecho del recurrente a que por la Administración se le puntúe detalladamente por cada uno de los apartados de los méritos generales de la referida convocatoria, y a conocer igual particularidad de los tres adjudicatarios, don Alberto Díez Portillo, puesto 539, doña Milagros Borreguero Martín, puesto 541 y don Carlos García Benito, puesto 545; e igualmente, que por la Administración, comisión de valoración, se diga la puntuación concreta y exacta que alcanzó el recurrente en los méritos especiales en cada uno de los tres puestos mencionados; y si como consecuencia de ello, el actor superase en puntuación a alguno de los tres adjudicatarios mencionados, se le adjudique dicha plaza, en dicho orden de preferencia, anulando en este extremo las resoluciones combatidas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 6 de septiembre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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